La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años de cárcel a un anciano que, aprovechándose de la "gran afluencia de personas" que estaban viendo el ensayo de una cuadrilla de costaleros en una calle de la capital andaluza, le hizo varios tocamientos a una niña de nueve años.
Según la sentencia dictada el pasado 19 de noviembre por la Sección Tercera de la Audiencia sevillana, a la que ha tenido acceso Efe, J.B.G. deberá cumplir dos años de prisión por un delito de abusos sexuales, estará en libertad vigilada otros cinco años y durante ese mismo tiempo quedará inhabilitado para cualquier profesión u oficio que implique contacto con menores de edad.
Además, tendrá que indemnizar a la menor con 200 euros, cifra que la Sala establece "valorando la situación económica del acusado" y que la niña "ni siquiera ha tomado conciencia de lo que sucedió", según manifestó su padre.
Los hechos que el tribunal considera probados ocurrieron el 18 de marzo de 2018 cuando el acusado, de 68 años, estaba contemplando un ensayo de costaleros en una calle de Sevilla y, "aprovechando" que había muchas personas, se aproximó a la niña y "con ánimo libidinoso" se rozó con ella y le tocó "la ingle y los glúteos".
El suceso fue observado por el tío de la menor, que se lo recriminó.
El procesado se marchó, pero después regresó y el familiar de la niña, que lo identificó "con absoluta seguridad", le "hizo una fotografía con el móvil" y recogió "los datos del vehículo" al que subió después.
"Ha quedado acreditado" que ese coche "en la actualidad pertenece al acusado y es utilizado en exclusiva por él", añade la sentencia, facilitada por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
La Audiencia cita la doctrina del Tribunal Supremo, según la cual los tocamientos a menores "por encima de la ropa" quizás son las conductas "de menor gravedad" dentro de todas las "lesivas para la libertad sexual", pero "sin perder de vista" que la "afectación" de esa libertad "en efecto existió".
En el juicio, el tío de la víctima identificó "sin ningún género de duda" a J.B.G. y argumentó que, "al ser también padre", suele ser "previsor" cuando acude a "actos con mucha gente".
Así observó que el acusado se ponía "al lado" de su sobrina "hasta en dos ocasiones" y "le tocaba con la mano en la que portaba un móvil".
La defensa alegó que la denuncia no se presentó hasta el 9 de octubre, casi siete meses después, pero el testigo dio "una razón lógica" para explicarlo, dice la Audiencia.
En concreto señaló que tuvo el hecho "en todo momento presente en su conciencia dudando" y que definitivamente se decidió tras acudir a una procesión extraordinaria, por la coronación de la Virgen de la Victoria de la hermandad de Las Cigarreras, en la que "volvió a ver al acusado tocando a otra niña".
El tribunal también considera acreditado que el encausado quiso atentar contra la libertad sexual de la menor y se basa no sólo en la declaración del tío, sino también en que J.B.G. "aprovechó la afluencia de público para garantizar su anonimato y justificar los roces en la falta de espacio" y en que las zonas que tocó son "de carácter especialmente íntimo".
El acusado negó los hechos, pero admitió que ese día estaba "en el lugar" e incluso se reconoció en la foto realizada por el denunciante.