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Sevilla

Multas de hasta 500 euros si no se limpian los orines de las mascotas

El Ayuntamiento eleva al Pleno del próximo 24 de febrero la aprobación definitiva de la nueva ordenanza de tenencia responsable de animales

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  • Recogiendo los excrementos de su mascota. -
  • Las personas ciegas quedan exentas de tener que recoger los excrementos de sus perros guías
  • Será considerado una infracción leve dar de comer a animales silvestres, vagabundos o abandonados
  • De 23.00 a 7.00 horas no se podrá "perturbar la vida de los vecinos con ruidos emitidos por los animales"

"Es obligatorio reducir el impacto de los orines en la vía pública con agua. Se exime de esta obligatoriedad de recoger los excrementos de los perros guías". Con este articulado, la nueva ordenanza de bienestar y tenencia responsable de animales del Ayuntamiento de Sevilla obliga a los dueños de mascotas a portar un recipiente con agua para limpiar los orines de sus animales en la vía pública. Su incumplimiento será considerado una infracción leve, para lo que la ordenanza fija multas que irían desde los 75 a los 500 euros

La ordenanza ha sido aprobada este jueves por la Comisión delegada previa a la celebración de los Plenos municipales. La propuesta de reglamento será debatida para su aprobación definitiva en el Pleno del próximo 24 de febrero

El texto fija que los animales de compañía podrán entrar en los edificios públicos "siempre y cuando no se elabore, almacenen o manipulen alimentos o haya espectáculos deportivos o públicos o donde se prohíba expresamente la entrada ni se provoque molestias al resto de usuarios del edificio". En materia de convivencia, "está prohibido perturbar la vida de los vecinos con ruidos emitidos por los animales entre las 23.00 horas y hasta las 7.00".

Las infracciones irán desde las muy graves (caso de las mutilaciones en las mascotas por fines estéticos), a las graves (no realizar las vacunaciones oportunas) y las leves, donde se enmarca la no retirada de los excrementos o la limpieza de los orines, así como la de dar de comer en la vía pública a animales silvestres, vagabundos o abandonados. 

Las sanciones oscilarán entre los 30.000 euros (las muy graves, de 2.000 a 30.000) y los 75 euros por las leves (75 a 500 euros).   

La propuesta de ordenanza que se someterá a la aprobación del Pleno señala que se "fomentará la figura del voluntariado en las labores de protección, bienestar y tenencia responsable de animales, sin que en ningún caso colisione con las labores que desarrollan los empleados públicos". 

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