El tiempo en: El Condado
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

4.500 euros por demoler una fachada con un lienzo de muralla

Urbanismo desestima el recurso de la empresa Vcatrasa, que demolió la fachada completa a pesar de que sólo se le autorizaba a que fuera parcial

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla ha desestimado el recurso de reposición promovido por la empresa constructora sancionada en 2015 con 4.499,5 euros, después de que demoliese por completo el edificio del número uno de la calle Puñonrostro, en la Puerta de Osario y donde se ubica un lienzo de muralla almohade, pese a que la licencia de obras autorizaba "la demolición parcial de la edificación, manteniendo la fachada existente".

Según la propuesta de resolución del expediente sancionador, recogida por Europa Press, la sociedad Vcatrasa S.L. consiguió una licencia "para obras de reforma general y ampliación por remonte del edificio" ubicado en el número uno de la calle Puñonrostro, en la Puerta de Osario, "para uso de vivienda unifamiliar en planta segunda y ático, despacho profesional para uso de la propiedad en planta primera, local sin uso específico en planta baja y sótano para almacén e instalaciones".

LIENZO "EMERGENTE" DE MURALLA ISLÁMICA

Dado que en la finca en cuestión había sido localizado un lienzo "emergente" de la antigua muralla islámica, la Comisión Provincial de Patrimonio ordenó una "excavación arqueológica previa al inicio de las obras y un estudio paramental de la muralla", protegida "integralmente".

Y aunque la muralla fue respetada, los servicios técnicos de la Gerencia de Urbanismo determinaron que fue acometida la "demolición total de la edificación existente, salvo el tramo de la muralla contenido en el citado inmueble, así como la excavación de la zona afectada por la demolición a una cota aproximada de 1,50 metros" bajo rasante, toda vez que lo que estaba autorizado era "la demolición parcial de la edificación, manteniendo la fachada existente".

Frente a la citada sanción de 4.499,5 euros, formalizada mediante una resolución de la Gerencia de Urbanismo de fecha 30 de octubre de 2015, la mencionada empresa formuló un recurso de reposición defendiendo que "la demolición de la fachada era requisito indispensable para realizar la excavación arqueológica y el estudio paramental de la muralla" y "por tal motivo, se entiende que la demolición estaba autorizada implícitamente en la licencia concedida".

No obstante, frente a dicha tesis, un informe del servicio de Licencias e Inspección Urbanística de la Gerencia ratificaba que "las obras objeto del expediente disciplinario carecen de la preceptiva licencia u orden de ejecución que las ampare", con lo que a través de una nueva resolución emitida el pasado 31 de enero y recogida por Europa Press, la Gerencia de Urbanismo desestima el recurso de reposición de Vcatrasa S.L.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN