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Sevilla

Condenados por no auxiliar a un peatón al que atropellaron mortalmente

En La Rinconada

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos personas acusadas de no prestar auxilio a un peatón que falleció después de ser atropellado por el vehículo de los imputados en la carretera 8002, en el término municipal de La Rinconada.

   En la sentencia, consultada por Europa Press, la Audiencia Provincial condena a David G.S. a siete meses de cárcel por un delito de omisión del deber de socorro y una falta de imprudencia con resultado de muerte, mientras que a Anabel D.V. la condena al pago de una multa de 720 euros por el delito de omisión.

   Los hechos tuvieron lugar sobre las 21,40 horas del 8 de septiembre de 2011, cuando el acusado circulaba con un vehículo por la citada carretera "sin prestar la debida atención a las circunstancias del tráfico, sin tener un correcto control del vehículo, teniendo igualmente fundida la luz del faro izquierdo".

   En esas condiciones, el acusado "no se percató" de la presencia de un peatón que caminaba por su mismo carril y en el mismo sentido, llevando de su mano una bicicleta a su derecha por el arcén.

   Este peatón caminaba "antirreglamentariamente" por la calzada, sin ninguna luz ni prenda reflectante que advirtiera de su presencia, pues era plena noche y la calzada no estaba iluminada de forma artificial, a lo que se suma que, como consecuencia de una previa y "excesiva" ingesta de alcohol, desarrollaba una marcha "inestable", invadiendo y cruzando la calzada y teniendo "muy limitadas" sus capacidades de percepción.

   La víctima arrojó una tasa de alcohol en sangre de 4,17 gramos por litro, lo que "habría producido el coma etílico en cualquier persona, salvo que fuera un gran consumidor habitual como es el caso", según la sentencia consultada por Europa Press.

   A consecuencia de todo ello, el acusado no advirtió la presencia del peatón, golpeándole por la espalda sin que conste frenada ni maniobra evasiva alguna, de tal forma que, con el impacto, le lanzó a 46,60 metros, perdiendo la vida en el acto por fractura del cráneo con pérdida de masa encefálica, fractura de costillas, esternón y distintas vértebras.

   Aunque "era plenamente consciente del golpe" que había sufrido, pues dejó de funcionar el único faro que alumbraba, a lo que se suman los desperfectos causados en la chapa y la fractura del cristal frontal del vehículo, el acusado no detuvo la marcha para interesarse por la víctima, "de la que no sabía en qué situación se encontraba y si podía necesitar ayuda, mostrando así una falta absoluta de la más mínima solidaridad humana, teniendo además especial obligación legal de auxiliar, al ser responsable de lo acaecido".

   En el mismo vehículo viajaba la otra acusada, que "igualmente consciente de lo ocurrido, pues el golpe se dio en la parte derecha del vehículo, precisamente la que ella ocupaba como copiloto, tampoco hizo nada por detener el coche ni solicitar el auxilio de terceras personas que pudieran prestarle al perjudicado, ni poner los hechos en conocimiento de Policía o los servicios sanitarios".

CON LAS LUCES APAGADAS

   Además, los acusados siguieron circulando casi un kilómetro hasta llegar a la rotonda de la misma carretera, donde cambiaron de sentido volviendo al lugar de los hechos, apreciando "claramente" la situación al comprobar que otros conductores se encontraban en el lugar.

   "Sin detenerse e incluso apagando las luces para que no pudieran identificarle", el conductor continuó la marcha hasta La Rinconada, donde dejó estacionado el vehículo. Más tarde, sobre las 22,40 horas y cuando ya estaban siendo buscados y un vecino les dijo que habían atropellado a un hombre en la carretera, lavaron el coche y acudieron al cuartel de la Guardia Civil, donde se identificaron.

   Estos hechos iban a ser enjuiciados por un jurado popular, pero el juicio no llegó a celebrarse después de que los acusados mostraran su conformidad con la pena solicitada por la Fiscalía.

   De este modo, el conductor ha sido condenado a siete meses de prisión y el pago de una multa de 360 euros, mientras que su acompañante ha sido condenada al pago de una multa de 720 euros.

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