El tiempo en: El Condado

Sevilla

La lista de actuaciones pendientes del PGOU 16 años después

Entre ellas figura el traslado de Mercasevilla al Norte, que permitiría la construcción de 2.239 viviendas

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Vista aérea de Sevilla. -

El gerente de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla, Fernando Vázquez Marín, ha elaborado un balance del PGOU vigente, que data de 2006, con motivo de la reunión de la Comisión de Seguimiento del mismo, la primera en casi ocho años, ya que la anterior se celebró el 9 de febrero de 2017. El extenso documento incluye desde la relación de las modificaciones puntuales (van 62) realizadas hasta octubre de 2024 (fecha de cierre del balance) hasta las correcciones de los errores detectados. En los 16 años transcurridos desde la aprobación del Plan General se han ejecutado muchas de sus determinaciones, pero también hay un número significativo de actuaciones pendientes pese a la tesis del alcalde, José Luis Sanz, de que el PGOU está agotado y que es necesaria la redacción de uno nuevo.

La lista de actuaciones pendientes de desarrollo es la siguiente:

SECTORES DE ORDENACIÓN

Son sectores con superficie relevante de terreno con pocas edificaciones, situados en la periferia o en el interior de la ciudad y que son susceptibles de ser ordenados mediante Planes Parciales. El Plan General identifica 7 ámbitos, 3 de los cuales se desarrollan en la barriada de Valdezorras, proponiendo en total la construcción de 601 viviendas.

Sólo uno de los sectores cuenta con planeamiento aprobado definitivamente, SOU-DMN-02 “Valdezorras Sur”, con 177 viviendas. El Plan Parcial SOU-DMN-01 “Valdezorras Norte”, está aprobado provisionalmente, no habiéndose iniciado la tramitación del SOU-DMN-03 “Valdezorras Este”.

El ámbito correspondiente a Los Gordales (SOU-DR-01), está desarrollado mediante un Plan Parcial aprobado definitivamente. Dicha actuación contemplaba en origen la construcción de la Ciudad de la Justicia.

Entre los no desarrollados se debe destacar el SOU-DE-01 “Mercasevilla”, mediante el cual el Plan General prevé el traslado de las actuales instalaciones de Mercasevilla al norte de la ciudad y la construcción de 2.239 viviendas. A día de hoy, el desarrollo de este sector no ha comenzado.

ÁREAS DE REFORMA INTERIOR

Se corresponden con actuaciones de renovación y sustitución integradas en tejidos urbanos existentes que presentan signos de obsolescencia.

El Plan General considera en el Suelo Urbano un total de 66 Áreas de Reforma Interior (ARI), de las que 22 cuentan con un documento de planeamiento aprobado definitivamente, 5 se encuentran en distintas fases de su tramitación, 2 han sido anuladas por sentencia judicial y aún no se ha iniciado la tramitación del resto ( 37 ).

ÁREAS DE TRANSFERENCIA DE APROVECHAMIENTO (ATA)

Son áreas homogéneas de edificación en las que se incrementa el aprovechamiento urbanístico resultando incluidas en áreas de repartos. El Plan General establece un total de 21 ámbitos, de los cuales 8 disponen de planeamiento aprobado definitivamente (y 13 no).

Debe hacerse mención expresa a las ATA que se establecen en Bellavista, que tienen como objetivo la regularización de alineaciones en la Avda. de Bellavista. A día de hoy, no se ha ejecutado ninguna de las 10 actuaciones previstas en el Plan General, habiendo sido anulada una de ellas por sentencia judicial (ATA-DBP-10) al considerar dichos suelos como suelo urbano consolidado. A la vista de lo anterior, y dada la diversa problemática que se presenta en el ámbito y la dificultad previsible para el desarrollo de las citadas ATA, podría estimarse conveniente un nuevo planteamiento para conseguir el objetivo del Plan General de reordenar la alineación de la Avenida de Bellavista.

También se debe citar el ATA-DE-01 “P.I. La Chaparrilla”, en la que el Plan propone la mejora y reurbanización del polígono industrial y la incorporación de nuevas actividades económicas. A día de hoy no se ha iniciado la ejecución del ATA dado que la misma afecta a parcelas edificadas y en muchos casos en uso. También hay que indicar que este ámbito se encuentra afectado en uno de sus extremos por un Sistema General, SGV-DE-06.

ÁREAS DE PLANEAMIENTO INCORPORADO

Son ámbitos territoriales con planeamiento de desarrollo aprobado definitivamente en ejecución del anterior Plan General en los que el vigente Plan mantiene sus determinaciones. Se trata de suelos clasificados como Urbano o Urbanizable, siempre que en este último caso hayan culminado las obras de urbanización correspondientes a las infraestructuras urbanas básicas. Dentro de los ámbitos establecidos como Áreas de Planeamiento Incorporado (API), el Plan distingue entre el suelo urbano consolidado y no consolidado.

En suelo urbano no consolidado, se han delimitado un total de 21 ámbitos, de los cuales 14 se pueden considerar prácticamente ejecutados tanto en su urbanización como en sus edificaciones. El nivel de desarrollo de los otros siete es el siguiente:

–API-DBP-01 “Cuartel de Su Eminencia”. Corresponde al PERI-SU-7 del anterior Plan General. En el mismo se definen dos unidades de ejecución, estando ambas ejecutadas y recepcionadas.

–API-DBP-02 “Carretera de Cádiz” (PERI-GU-2). Las obras de urbanización están ejecutadas.

–API-DBP-04 “SE-30-N-IV” (Plan Parcial SUP-GU-2), para el cual se encuentra en tramitación una modificación.

–API-DCA-01 “Jesús, María y José” que corresponde con el PERI-AM-1. Se han ejecutado la mayor parte de las unidades de ejecución que marcaba el Plan Especial, quedando pendiente de ejecución la UE-4.

–API-DE-06 “Bda. Parque Alcosa”: existe una parte ya ejecutada, quedando pendiente de desarrollo una parcela propiedad de AVRA que se encuentra afectada por servidumbres aeronáuticas. Se están analizando las posibles soluciones conforme a la Normativa vigente en la materia.

-API-DM-02 “Cisneo Alto”: De este ámbito se ha edificado una unidad de ejecución, estando pendiente la segunda, en la cual se han demolido las edificaciones existentes. Se ha ejecutado un Centro de Salud y un aparcamiento provisional en una de las parcelas dotacionales. Obras de urbanización ejecutadas y recepcionadas.

–API-DM-01 “Fabrica de Vidrio”: Ha sido modificado el Plan Especial recientemente (Aprobación Inicial, 6 de febrero de 2015), a instancias de las Asociaciones de Protección del Patrimonio Histórico, que solicitaban la ampliación del ámbito de protección de la Fábrica de Vidrio, habiéndose recibido diversas alegaciones. Las obras de urbanización están en ejecución.

SUELO URBANIZABLE ORDENADO

Se trata de Suelo Urbanizable en el que el presente Plan General establece su ordenación pormenorizada completa para su ejecución inmediata en los primeros años de las previsiones temporales del mismo.

El Plan General delimita 3 ámbitos como suelo urbanizable ordenado, a los que les asigna una ordenación pormenorizada y para los cuales preveía una actuación inmediata. De los tres, solo el SUO-DBP-01 “Palmas Altas Norte” se encuentra urbanizado y edificado en un alto porcentaje, dado que provenía de un plan de sectorización del anterior Plan General (SUNPGU1).

Los otros dos ámbitos son: el SUO-DE-01 “Santa Bárbara-1”, que tiene aprobados definitivamente los Estudios de Detalle con el objetivo de realizar pequeños ajustes en la ordenación y aumentar el número de viviendas de protección oficial que se le asignaba, habiéndose presentado el proyecto de urbanización que se encuentra actualmente en trámite; y el SUO-DMN-01 “Buenaire” que, aunque disponía de una ordenación detallada para su desarrollo, se ha tramitado un Plan Parcial para realizar ajustes en la ordenación dada por el Plan General así como para adecuar sus determinaciones a las exigencias derivadas de las servidumbres aeronáuticas.

Sobre dicho planeamiento ha recaído Sentencia del TSJA de 3 de octubre de 2024 estimando el recurso presentado al considerar que el acuerdo aprobatorio del Plan Parcial no se ajusta al ordenamiento jurídico. Dicha sentencia no es firme, siendo susceptible de recurso de casación.

SUELO URBANIZABLE ORDENADO TRANSITORIO

Es el suelo urbanizable que proviene del Plan General anteriormente vigente que cuenta con una ordenación pormenorizada completamente establecida.

El vigente Plan General delimita 3 ámbitos, dos de ellos provenientes de planes de sectorización anteriores (SUNP-AE-1 y SUNP-TO-2), y uno de un plan parcial (SUP-PM-3), siendo asumidos por el Plan como Áreas de Planeamiento Incorporado (API):

– API-DE-01 “Aeropuerto”: Se corresponde con el Plan de Sectorización del SUNP-AE-1, aprobado definitivamente el 29 de octubre de 2004, encontrándose ejecutadas la urbanización y la edificación de muchas de sus parcelas.

–API-DE-03 “Torreblanca Sur”, que se corresponde con el Plan de Sectorización del SUNP-TO-2; se encuentra urbanizado y en gran parte edificado.

–API-DMN-03 “Valdezorras”, que se corresponde con el Plan Parcial del SUP-PM3. El proyecto de urbanización requiere de una actualización de sus determinaciones.

SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO

Suelo Urbanizable respecto al cual, el presente Plan General establece las determinaciones pertenecientes a la ordenación estructural y las pormenorizadas preceptivas exigidas para su desarrollo, a corto o medio plazo, mediante la formulación del correspondiente Plan Parcial.

El Plan General define cuatro grandes bolsas de suelo para su desarrollo: dos de ellas para uso principalmente residencial: una al Sur, Palmas Altas-Cortijo El Cuarto-Villanueva del Pítamo, y otra al Este, el nuevo barrio de Santa Bárbara; y otras dos de uso principal industrial y terciario: Higuerón y San Nicolás.

En el Sur, de las actuaciones previstas para usos residenciales, sólo dos han iniciado su desarrollo: el SUS-DBP-07-07 “Pítamo Sur”, que tiene terminada su urbanización y el SUSDBP-02 “Palmas Altas Sur” que está actualmente en fase de desarrollo conjuntamente con la edificación.

Del resto, aún se están tramitando los documentos de planeamiento: el SUS-DBP- 06 “Villanueva del Pítamo” dispone de un Plan Parcial aprobado inicialmente, habiéndose presentado un nuevo documento de planeamiento que se encuentra en tramitación ambiental.

En cuanto al SUS-DBP-03 y 04 “Cortijo El Cuarto”, dividido en dos sectores, disponen de un avance de planeamiento desde 2010 sin que se haya continuado su tramitación.

En el Este de la ciudad, el Plan General prevé la construcción de un nuevo barrio con más de 15.000 viviendas, Santa Bárbara, que se uniría, completándolo, al barrio de Torreblanca. En la actualidad sólo se ha culminado la tramitación del primero de los cuatro Planes Parciales delimitados, el SUS-DE-02 “Santa Bárbara 2”, que ha sido aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno el 31 de mayo de 2016, con independencia del sector de suelo urbanizable ordenado, ya comentado.

Los Planes Parciales del SUS-DE-04 Santa Bárbara 4 y SUS-DE-05 Santa Bárbara 5, han sido aprobados inicialmente por la Junta de Gobierno Local el 8 de marzo de 2024.

En Torreblanca, y para completar dicho desarrollo, se determinaron varios ámbitos que provenían del antiguo Plan General. Estos tienen aprobados sus planeamientos pero no se han urbanizado, y por tanto tampoco se han edificado. (SUS-DE-06 “Torreblanca Este” y SUS-DE-07 “Torreblanca Oeste”).

Al otro lado del actual barrio de Torreblanca se ha urbanizado un ámbito, el SUS-DE-09 “Hacienda El Rosario”, gracias a la aportación de la Gerencia de Urbanismo a través del Patrimonio Municipal de Suelo, que, a cambio de suelo, contribuyó a su urbanización. Actualmente se encuentra ejecutada la urbanización y muy avanzada la edificación del ámbito.

En el Norte, el Plan General establece una reserva de suelo para uso mayoritario industrial y terciario definiendo dos zonas: Higuerón, como continuación de Pino Montano y en torno a la carretera de La Rinconada, y San Nicolás, dando continuidad a Buenaire, tomando como límite la carretera N-IV.

En la zona de Higuerón, continuando con los suelos de Pirotecnia, se ha desarrollado el SUSDMN-05 “Higuerón Sur” promovido por un agente urbanizador (BOGARIS RETAIL), estando actualmente urbanizado y edificado en gran parte de su ámbito con dos grandes superficies comerciales y otros edificios terciarios. Hay que indicar que la mayor parte de los suelos vacantes en el sector son de propiedad municipal.

Más hacia el Norte se encuentra el SUS-DMN-06 “Higuerón Norte”, allende la ronda supernorte SE-20, cuyo Plan Parcial ha sido aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno el 21 de abril de 2023, condicionado al cambio de trazado y desafectación de la vía pecuaria Cañada Real Bodegón de los Caños.

El resto de ámbitos no se encuentran desarrollados, estando previstos suelos para el traslado de Mercasevilla y el Polígono de Reciclaje, donde se tenía previsto la localización de toda la industria relacionada con el reciclaje, chatarra, etc.

En San Nicolás se ha desarrollado el SUS-DMN-03 “San Nicolás-Oeste” mediante un Plan Parcial que fue aprobado definitivamente el 27 de septiembre de 2013, si bien ha sido anulado por sentencia del Tribunal Supremo de 4 de octubre de 2018. A la vista de la misma, mediante decreto de 5 de junio de 2019, se ha declarado terminada la tramitación del proyecto de urbanización. Posteriormente, se presentó un nuevo Plan Parcial que fue aprobado provisionalmente en fecha 19 de mayo de 2023.

Actualmente se encuentra en tramitación ambiental un nuevo documento de planeamiento.

Por último, en cuanto al SUS-DMN-02 “San Nicolás Este”, se ha presentado un nuevo Plan Parcial que se encuentra actualmente en tramitación ambiental.

SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO

Se trata de un suelo que tiene aptitudes para acoger crecimientos urbanísticos pero de transformación potencial, y respecto al cual, el Plan General no ha concretado suficientemente las condiciones de su desarrollo.

En relación a este tipo de suelo, se debe indicar que no se ha desarrollado ninguno ya que las condiciones impuestas para su posible desarrollo no se han cumplido, siendo éstas fundamentalmente que se hubiera desarrollado el suelo urbanizable sectorizado próximo.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN