El tiempo en: El Condado
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Condenado a 30 años de cárcel el tercer detenido por el asesinato del joyero de Carmona

Un crimen que ocurría en el año 2018 y en el que fueron ya condenados los dos primeros arrestados de 33 y 20 años

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
  • Imagen del juicio al tercer acusado del asesinato del joyero de Carmona. -

Después de que el jurado popular del juicio celebrado en la Audiencia de Sevilla contra Ionut A., el tercer detenido por el asesinato en agosto de 2018 del joyero de Carmona Francisco Cintado, --por el cual en 2020 fueron condenados los dos primeros arrestados a 33 y 20 años de prisión--, le declarase "culpable de matar intencionadamente" a la víctima con "gran violencia", dicha instancia judicial le ha condenado a un total de 30 años de cárcel, según la sentencia difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En la sentencia, la Audiencia condena a Ionut A. a 22 años de cárcel por un delito de asesinato y le impone la prohibición de comunicarse o aproximarse durante 32 años a menos de 1.000 metros de la esposa y las dos hijas de la víctima; condenándole a ocho años más de prisión por un delito de detención ilegal en concurso con un delito de robo con violencia en establecimiento abierto al público, con 12 años más de prohibición de comunicarse o aproximarse a la familia del fallecido.

De forma conjunta y solidaria con los otros dos varones que ya fueron juzgados y condenados por el crimen tras el primer juicio, el acusado tendrá que indemnizar a la familia de la víctima con 390.000 euros por los daños morales y las secuelas psicológicas; con 295.372 euros por los objetos sustraídos y no recuperados y con 5.850 euros por la cantidad de dinero en metálico sustraída y no recuperada.

En su veredicto, el jurado declaró probado por unanimidad que los hechos acontecieron sobre las 19,00 horas del 6 de agosto de 2018, cuando el acusado acudió a la joyería en compañía de los otros dos varones ya enjuiciados "con el propósito, previamente planeado días antes, de apoderarse de las joyas y los objetos de valor que allí encontraran".

Mientras I.I., condenado a 20 años de cárcel tras el juicio celebrado en 2020 contra los dos primeros detenidos por el crimen, permanecía fuera en funciones de vigilancia, el ahora condenado y G.S., condenado a 33 años de prisión tras el primer juicio, entraron en la joyería, que se encontraba abierta al público, tras abrirles la puerta el dueño del establecimiento, con quien entablaron una conversación, según consideró probado el jurado.

LE GOLPEÓ "REPETIDAMENTE"

En un momento dado, la víctima se dirigió a la trastienda del local, donde guardaba las joyas, momento que aprovecharon el acusado y G.S. para seguirle a ese lugar, "abalanzándose sobre él" y "tirándolo al suelo", donde ambos le inmovilizaron, atándole las manos a la espalda y tapándole la boca con cinta americana con la que le dieron varias vueltas en torno al cuello. Así, el acusado le golpeó "repetidamente", especialmente en la cara y la cabeza, según el veredicto del jurado que recoge la sentencia condenatoria.

El ahora acusado y G.S. procedieron "inmediatamente" a introducir en bolsas las joyas y objetos de valor que encontraron, con las que huyeron, dejando al dueño del establecimiento "solo, atado, amordazado con cinta americana y tirado en el suelo boca abajo, sin posibilidades de levantarse", cerrando la puerta de la joyería al marcharse, según se declara probado.

El jurado consideró probado que el dueño de la joyería sufrió múltiples contusiones en cabeza, cara, extremidades y tronco y terminó muriendo entre una y dos horas después de la agresión por asfixia, por lo que se le ocasionó "un sufrimiento innecesario", algo de lo que el acusado "fue consciente y asumió".

Según el jurado, el acusado y G.S. "asumieron que con la gran violencia que ejercieron" sobre la víctima, "dejándolo atado de pies y manos, amordazado con cinta americana y tirado boca abajo en el suelo, abandonado solo en estado de inconsciencia o semiinconsciencia, podía morir, sin importarle que ese pudiera ser el efectivo resultado de la violencia desplegada".

"EXTRAORDINARIA VIOLENCIA"

El ahora condenado causó la muerte del dueño de la joyería "sin darle opciones a defenderse", ya que "atacaron a la víctima violentamente, entre dos y por sorpresa, hallándose el joyero desarmado y desprevenido al no esperar tal ataque". Asimismo, el jurado consideró probado que el ahora condenado causó la muerte del joyero "para facilitar la sustracción de joyas y/o evitar ser descubierto".

En su veredicto, el jurado vio probado que el condenado mostró en el juicio gran arrepentimiento por su conducta y reconoció haber entrado en la joyería a robar y haber inmovilizado para ello a la víctima, un reconocimiento que ha contribuido a "facilitar" el enjuiciamiento de los hechos, por lo que la Audiencia le aplica la atenuante analógica de confesión tardía, toda vez que este hombre fue detenido en su país natal, Rumanía, donde se ocultaba según sus palabras "por miedo".

"EXTRAORDINARIA VIOLENCIA"

La Audiencia impone al acusado 22 años de cárcel por el delito de asesinato "teniendo en cuenta la extraordinaria gravedad de los hechos, la brutalidad de la conducta enjuiciada y la escasa entidad de la atenuante simple analógica apreciada", mientras que le impone ocho años de prisión por el delito de detención ilegal en concurso medial con un delito de robo con violencia en establecimiento abierto al público dada "la extraordinaria violencia desplegada y la previa planificación de la conducta".

En cuanto a la solicitud de la defensa de que se acuerde en sentencia el cumplimiento de la pena de prisión impuesta en su país de origen, Rumanía, la Audiencia considera que no tiene en estos momentos "datos suficientes para resolver adecuadamente acerca de la conveniencia de acceder" a dicha petición, "sin perjuicio de lo que pueda acordarse -en función de lo que se acredite y previos los informes del resto de las partes- una vez devenga firma la presente resolución".

Al finalizar el juicio, en el que el acusado aseguraba que se limitó a ayudar a G.S. a inmovilizar a la víctima, negando que le agrediese y mostrando arrepentimiento de sus actos, la Fiscalía solicitaba para él un total de 33 años de cárcel, al igual que la acusación particular que ejerce la familia de la víctima.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN