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Aseguran que el tipo de reductor de velocidad de San Juan Bosco "está prohibido"

3R arguye que los paso de peatones elevados tipos “lomos de asno” se encuentran prohibido por la Orden FOM/3053/2008, de 23 de septiembre a todos los niveles

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  • Paso de peatones elevado.

El partido político local Plataforma 3R ha pedido la intervención de la Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía sobre la instalación en la avenida San Juan Bosco de pasos de reductores de velocidad conocida como ‘pasos de asno’ que según los denunciantes “están prohibidos desde el año 2010.

“Es un asunto que ya advertíamos que seriamos el hazmerreir del mundo mundial de la accesibilidad, cuando no se ejecutaban las barbacanas en los pasos de peatones que se vienen ejecutando en el marco del contrato publico SC 58/2020 obras y reformas de la mediana de la Avenida San Juan Bosco”, dice 3R en un comunicado.

Los paso de peatones elevados tipos “lomos de asno” se encuentran prohibido por la Orden FOM/3053/2008, de 23 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción Técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta, para carreteras estatales, “que fueron finalmente extensible a las autonómicas y locales”.

3R dice que “no puede dejar que se siga vulnerando todo lo vulnerable en materia de accesibilidad, sin ordenanza municipal, casos como las rampas del edificio de la Escuela de Adultos y en espacios públicos, como las rampas de Puerto de Palos.

“Ahora esto, que como decíamos vulnerando medidas de accesibilidad para personas con movilidad reducida, que algunos ‘iluminados’ no han llegado a plantearse cómo se apaña una silla de rueda en el chaflán de cambio de pendiente de ese reductor de velocidad prohibido en ese paso de peatones”.

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