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Provincia de Granada

Hasta seis años de prisión por regentar un puticlub en Armilla

La Audiencia de Granada ha condenado a penas de hasta seis años a una mujer y dos hombres por delitos de prostitución coactiva y contra la salud pública

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  • Audiencia de Granada. -

La Audiencia de Granada ha condenado a penas de hasta seis años de prisión a una mujer y dos hombres por delitos de prostitución coactiva y contra la salud pública en una casa de Armilla, donde un grupo de chicas prestaban servicios sexuales de los que se lucraban.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se da por probado que los dos principales acusados, una mujer de 36 años y nacionalidad ecuatoriana, y un ciudadano dominicano de 38 años, regentaban el negocio en esta vivienda que la primera había alquilado el 1 de febrero de 2016, y que se anunciaba como 'Selecta Vip 24 horas'.

Tras ser juzgados a finales de noviembre en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, han sido condenados por los citados delitos a seis años de prisión y al pago de una multa de 3.450 euros, en el caso de ella, y a cinco años y medio de cárcel y a multa de 2.730 euros, en el caso del hombre.

El tercer acusado, de 38 años y también de nacionalidad dominicana, era quien "suministraba" la cocaína que ofrecían a los clientes las chicas, y ha sido condenado a tres años de prisión por un delito contra la salud pública.

Cuatro chicas que ejercían la prostitución en la casa han sido testigos protegidas en la causa, y una de ellas, de nacionalidad venezolana, ha ejercido la acusación particular en la causa como denunciante, si bien la sala no le concede la cuantía de 25.000 euros que solicitaba en concepto de indemnización. Al no personarse en el juicio, el tribunal ha considerado que no se ha podido comprobar en qué modo "le han afectado material y moralmente" los hechos.

La sentencia, de fecha 3 de diciembre y recurrida por las defensas de los condenados ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, explica que el trato dispensado por los acusados principales a las mujeres que trabajaban en la vivienda no era el mismo para todas, y precisamente "el peor" era el que se daba a la denunciante, a quien la ahora condenada "había adelantado el dinero" para viajar a España desde su país, después de que las pusiera en contacto otra de las chicas. Se encontró "desde su llegada en una situación de especial vulnerabilidad al ser irregular su situación".

En estas circunstancias, los dos principales acusados ejercieron "intimidación" sobre la denunciante, aprovechándose de "la situación de superioridad" y de la "necesidad" que atravesaba. Así, "la determinaron a ejercer y a mantenerse en la prostitución". Sus "ganancias" las "tenía que compartir con ambos de una manera arbitraria con el objetivo de terminar de saldar la deuda contraída el día que ellos quisiesen".

Respecto de la cocaína que la Policía Nacional halló en la vivienda en el registro de la misma, "las cuatro testigos protegidas convinieron en que la droga estaba allí porque tenían que ofrecerla como parte de los servicios que se dispensaban en la casa a los clientes que la frecuentaban". También declararon que la droga la llevaba a la casa el tercer condenado, en cuyo domicilio también le fueron halladas sustancias estupefacientes y otras empleadas usualmente para el "corte" de la droga.

La Fiscalía solicitó, en sus conclusiones definitivas, 16 años de prisión para los acusados de regentar la casa donde se prestaban servicios sexuales en situación, mantuvo, de "semiesclavitud", por supuestos delitos de contra la salud pública, trata de seres humanos con fines de explotación sexual, prostitución coactiva, e inmigración ilegal. Ambos están privados de libertad por estos hechos desde el 20 de febrero de 2018. Para el tercer acusado, el Ministerio Público pidió cuatro años y nueve meses de prisión por el delito contra la salud pública.

TRATA DE PERSONAS NO ACREDITADA

La sala no considera que las pruebas practicadas hayan servido para "acreditar, cabalmente, el delito de trata de seres humanos", que las acusaciones vincularon al "engaño" que habrían empleado para que la denunciante viajase desde su país a España, ofreciéndole la ahora condenada un empleo de "camarera" por la mala situación personal y económica que pasaba. Sin embargo, los condenados no sabían "cuáles eran las circunstancias personales" de ella "en su país de origen, ni gozaban sobre ella de ninguna posición de superioridad" entonces.

Sobre la otra testigo protegida, amiga de la denunciante, "no se considera acreditado" que la "determinaran" a "ejercer o a mantenerse en la prostitución" pues no había "deuda alguna" que pudiera "generar entonces la situación de vulnerabilidad, necesidad o superioridad" que sí existía en el otro caso.

En su declaración ante el tribunal, la principal acusada reconoció que tenía la casa alquilada en Armilla, en el área metropolitana de Granada, y que realquilaba a las chicas habitaciones pero que "en ningún momento las obligaba a nada".

Señaló que hacía alquileres verbales a 200 euros la semana, con gastos incluidos, a estas mujeres, dos venezolanas y dos dominicanas, y que "imaginaba" que ejercían la prostitución como ella.

El segundo acusado, que, como los otros, negó los hechos de los que se le hacía responsable, dijo que no controlaba a las chicas y que, como taxista, las trasladaba a los hoteles o pisos que le indicaban. Mantuvo que le pagaba por ello la ahora condenada, con la que mantenía relaciones sexuales de forma esporádica.

El condenado solo por el delito contra la salud pública era requerido para que suministrara a las chicas cocaína que "estaban obligadas a ofrecer" a sus clientes, según mantuvo la fiscal.

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