El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) ha admitido a trámite la demanda presentada por Repsol y Repsol Butano contra Argentina por la expropiación de un 51% de YPF.
Esta demanda ha sido admitida a trámite en un tiempo menor que otros procedimientos, apenas quince días, y consolida a Argentina como el país del mundo con más denuncias ante los tribunales de arbitraje, cerca de medio centenar.
En una notificación remitida a las partes, la secretaria general del Ciadi, Mag Kinnear, comunica el registro de la demanda de Repsol y emplaza a los interesados a remitir varios documentos con información sobre el contencioso.
Repsol y el Gobierno argentino ya han prefijado una fórmula para la constitución del tribunal de arbitraje. En todo caso, el Ciadi les emplaza a comunicar cualquier estipulación previa en la que se haya convenido el número de árbitros del proceso, su método de nombramiento.
Además, les invita a constituir el tribunal tan pronto como sea posible y les remite la lista de los miembros del Ciadi con funciones de conciliadores y árbitros.
La compañía española había presentado su demanda una vez transcurrido el plazo de seis meses desde que se notificó formalmente a Argentina la existencia de la controversia acerca de la expropiación a la compañía española de las participaciones de control de YPF y de YPF Gas.
Repsol decidió denunciar a Argentina por violación del Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Reino de España y la República Argentina, de 1991.
Repsol y la también demandante Repsol Butano ya han indicado que, en sus escritos de alegaciones, concretarán las reparaciones y compensaciones que reclamarán a Argentina, "sin perjuicio de la posibilidad de las partes de poner fin al procedimiento en cualquier momento en caso de alcanzarse un acuerdo entre ellas".
El Ciadi, con sede en Washington, es una de las cinco organizaciones que integran el Banco Mundial y es la principal institución en materia de arreglo de diferencias relativas a inversiones internacionales.
PROCESO.
Una vez admitida a trámite la demanda y notificada la decisión a las partes por parte del Ciadi, deberá constituirse el tribunal de arbitraje y los afectados deberán presentar sus escritos de alegaciones completos sobre el fondo del asunto.
Tras ese momento, los procedimientos suelen tener una duración media de entre 3 y 6 años. En primer lugar, se celebrará una vista preliminar para determinar cuestiones de procedimiento como, por ejemplo, el idioma del arbitraje, el número y el orden de los escritos y los plazos dentro de los cuales deben ser presentados. A falta de acuerdo entre las partes, estos extremos serán fijados por el tribunal.
Tras el proceso, el Ciadi emitirá un laudo, cuyo cumplimiento es obligatorio y definitivo para las partes y no puede ser objeto de apelación ni de cualquier otro recurso, salvo en los casos excepcionales previstos en el convenio.
"EXPROPIACIÓN ILÍCITA".
Repsol considera que la expropiación del 51% de su filial argentina supone una "expropiación ilícita" y una violación del Derecho internacional, ya que, entre otros motivos, tiene carácter discriminatorio al afectar solo a la compañía española, y no a otros inversores en YPF.
Además, denuncia que el Gobierno argentino no ha acreditado la existencia de una causa de utilidad pública ni ha respetado las disposiciones legales para llevar a cabo la expropiación, ya que no se ha realizado pago u ofrecimiento de pago alguno.
Repsol también denuncia ante el organismo internacional que Argentina ha incumplido sus obligaciones de protección y justo trato a la inversión extranjera, al tiempo que ha incumplido los estatutos de YPF, en los que se le emplazaba a lanzar una OPA para tomar el control de la empresa.