Málaga
Exclusiva
El Ayuntamiento mantiene un seguro civil que reembolsa gastos por prevaricación
El contrato público, presupuestado en 60.000 euros, afecta a concejales y autoridades municipales que incurran en condenas
El Ayuntamiento de Málaga mantiene vigente desde hace cuatro años un contrato de póliza de seguros de responsabilidad civil, para aquellas autoridades (concejales, directores generales, directivos de empresas municipales y otro tipo de personal al servicio de la administración local malagueña), que se vean afectados por reclamaciones judiciales "basadas en prevaricación, abuso de poder y similares".
Esta póliza, que es distinta a las de Vida y Accidentes o de daños a bienes de patrimonio o inmuebles municipales, fue tramitada por el Área de Contratación y Compras por medio del expediente número 138/2019 y, según el pliego de condiciones técnicas, tiene un "carácter privado". En el mismo se justifica la contratación "como una prestación habitual en el sector asegurador del mercado y necesaria para garantizar la conveniente cobertura de estos riesgos en este Excelentísimo Ayuntamiento".
El Servicio de Planificación justificó sacarlo a concurso público, en un informe en noviembre de 2019, ya que dicha Área carecía de los medios personales y materiales para la ejecución del contrato, y poder así satisfacer las necesidades no estructurales de la Administración.
El gasto para este contrato había sido fiscalizado por la Intervención General, y se comprometió, el 30 de diciembre de 2019, con la autorización del concejal de Economía y Hacienda, Carlos Conde. Fue publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 22 de enero de 2020.
La póliza, por un importe total de 60.000 euros en cuatro años, fue adjudicada por la Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Málaga a la compañía aseguradora AIG Europe, que se constituyó en mayo de 2018 en Madrid, y que es filial de multinacional AIG, con sede central en Luxemburgo.
De este modo, la aseguradora se compromete "a abonar las pérdidas incurridas por el asegurado [Ayuntamiento de Málaga] como consecuencia del acto culposo cometido por el mismo en el ejercicio de sus funciones", es decir, que AIG pagará aquellos gastos que se reclamen ya por vía firme a dicho personal con cargo público, directivo o empleado municipal, donde se incluirían también a policías locales y personal de otras áreas.
La cuantía límite a pagar por AIG se establece en 1 millón de euros por las acciones de regreso (que permiten al asegurador reclamar a un deudor después de haber hecho frente de una deuda ajena), por acción de responsabilidad contable, por los daños a los bienes municipales y derechos, así como por la defensa y asistencia legal. En este último supuesto se facilitarán los servicios jurídicos de la compañía al cargo público o empleado municipal que se vea inmerso en una reclamación personal de un particular o de una entidad jurídica.
La póliza con AIG Europe fija además el límite de 150.000 euros para hacer frente al reembolso de los gastos basados en conductas de prevaricación (dictar una resolución arbitraria en un asunto administrativo a sabiendas que la misma es injusta y contraria a la ley), de abuso de poder (por autoridad pública o funcionario para fines distintos al interés público), y similares.
También el seguro vigente establece los siguientes sublímites indemnizatorios: de 50.000 euros por reembolso de gastos por reclamaciones basadas en calumnias; de hasta 30.000 euros para asistencia psicológica; de 150.000 euros por pérdida de documentos; de 100.000 euros por gastos de restitución de imagen; y de hasta 250.000 por prácticas de empleo.
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
El precio del contrato (60.000 euros, distribuido en anualidades de 15.000 euros, sin incluir los impuestos) se fijó desde el Área de Contratación y Compras del Consistorio teniendo en cuenta las perspectivas de gasto y en atención al realizado durante el ejercicio de 2019. La duración total no puede exceder de los cuatro años, periodo que inicialmente se considera estaría vinculado a puestos electos de concejales y de libre designación (una veintena de directores generales, cuatro de ellos procedentes del sector privado), pudiéndose sacar otra nueva licitación para este tipo de coberturas.
Para la composición de la Mesa de Contratación, el 16 de diciembre de 2019, se acordó la presencia de tres responsables municipales: actuaría como presidente o presidenta, indistintamente, el director general de Economía y Hacienda, o las jefas del Servicio de Gestión Financiera y del 'Staff' de Recursos Financieros y Pagos. Y como vocales (4), el responsable de la Asesoría Jurídica, el Interventor General, el de Contratación y Compras y el director de Servicios Operativos, Interior, Playas y Fiestas.
La compañía aseguradora está obligada a garantizar también la cobertura de aquellos riesgos de autoridades y personal en el desempeño de sus funciones que "por error u omisión involuntario no hubiesen sido comunicados para su inclusión en las garantías del seguro y en iguales circunstancias de coberturas".
El Ayuntamiento de Málaga exigió como condición que el asesoramiento y la mediación, así como la posterior asistencia por los siniestros, se hiciera a través de la mediadora Aon Gil y Carvajal S. A. Correduría de Seguros, con la que el Consistorio ya tenía vinculación. Esta intermediación ha sido modificada el año pasado siendo tramitada actualmente por la Correduría de Seguros Aon Iberia, con sede en Madrid.
De este modo, y según figura en el acta de la Mesa de Contratación del 23 de abril de 2020, presidida por el director general de Economía y Hacienda, Rafael Sequeira, se propuso por unanimidad de sus cinco integrantes la adjudicación de la póliza de seguros de Responsabilidad Civil para autoridades y personal al servicio del Ayuntamiento de Málaga a AIG Europe S. A., "la única proposición presentada y que no ha sido declarada desproporcionada o anormal". Su valoración total fue de 100 puntos sobre 100.
El punto tercero del acta establecía que dicha adjudicación se realizaba condicionada a que la licitadora propuesta acreditara, previamente a la firma del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el Pliego de Condiciones Técnicas. Entre ellos se establece el Certificado de la Dirección General de Seguros, respecto a si tiene solvencia y provisiones técnicas suficientes para el cumplimiento del contrato, o la presentación de otras pólizas de seguro de este mismo tipo de riesgo (RC), realizadas los tres años anteriores y con cuantías de prima superiores a los 10.500 euros anuales. La adjudicación a AIG Europe tenía inicialmente una prima anual de 14.400 euros, sin IVA.
Con anterioridad, el 28 de noviembre de 2019, el director general de Compras, José Manuel Barrero, avaló el procedimiento para la contratación de dicha cobertura de riesgos de autoridades, porque "no existe un criterio que justifique su división en lotes, dado que la realización independiente de las diversas coberturas comprendidas en el objeto del contrato dificultaría la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico".
El contrato administrativo 138 / 2019 fue suscrito el 29 de julio de 2020 por Carlos M. Conde O'Donnell, concejal de Economía y Hacienda y teniente alcalde número 2, y por el oficial Mayor, en funciones de secretario general, en representación ambos del Ayuntamiento de Málaga. Por parte de la compañía lo firmó el director territorial de la zona sur de AIG Europe, con sede en Sevilla. Días antes, el 2 de julio, el propio edil Conde firmó la resolución en la que se adjudicaba a la aseguradora el mencionado contrato tras la valoración de la Mesa de Contratación.
El pasado 1 de diciembre de 2022, la concejala de Comercio y teniente alcalde número 5, Elisa Pérez de Siles, aprobó la tercera prórroga de dicho contrato, hasta el 31 de diciembre de 2023, por la cantidad anual de 14.671 euros, exenta de IVA, al "existir mutuo acuerdo entre el Ayuntamiento y el contratista, AIG Europe S. A".
La firma de la concejala se realizó después de que el alcalde de Málaga acordase la nueva estructuración del Gobierno municipal, el 15 de abril de 2021, y que afectaba al Área de Contratación y Compras, atribuyéndose desde ese momento la gestión de dicho seguro al Área de Recursos Humanos y Calidad, que dirige el concejal Jacobo Florido.
"SINGULARIDAD" DE COBERTURA Y OTRAS PROFESIONES
Sobre la inclusión en la póliza municipal de Responsabilidad Civil de las reclamaciones por prevaricación y abuso de poder, un magistrado de Instrucción llama la atención de la "singularidad" de este apartado en la cobertura, que supondría que "la Administración paga con dinero público un seguro que puede asumir el resultado de conductas que son sancionadas por el Código Penal, y que corresponde a actuaciones impropias de funcionarios y empleados públicos".
Añade además el hecho de la asistencia jurídica aparte de la que tienen encomendados por ley los Servicios Municipales. Ello sucede, no obstante, con otros ayuntamientos que contratan esta defensa jurídica de su personal con bufetes de abogados especialistas en derecho penal o administrativo.
Este juez, con más de 25 años en la carrera judicial y que ha investigado sumarios sobre alcaldes, concejales o miembros de la Guardia Civil con resultado de condenas de prevaricación, cohecho, revelación de secretos y tráfico de influencias firmes por el Tribunal Supremo, recuerda que "aunque no hubiese dolo en la actuación del funcionario, pero sí culpa por negligencia que causa un perjuicio a la Administración local, estas conductas son responsabilidad directa de cada empleado público".
Añade además que en otros ámbitos públicos, como el sanitario o incluso el judicial, son los médicos, enfermeros, jueces o secretarios judiciales los que pagan de su bolsillo este tipo de seguros de responsabilidad civil, al igual que también en el ámbito privado lo hacen arquitectos y aparejadores, por daños o negligencias constructivas, o los abogados en ejercicio. En algunos casos, las primas por estos seguros, que se negocian colectivamente, no superan los 500 euros anuales por cada tomador de la póliza.
El Código Penal recoge la prevaricación administrativa en los artículos 404, 405, y 408, mientras que la prevaricación urbanística se contempla en los artículos 320 y 322 del Código Penal. También la infidelidad en la custodia de documentos y la violación de secretos, en el 413 al 418, el cohecho, del 419 al 422, el de abusos en el ejercicio de su función, en el 439, y el de tráfico de influencias, del 428 al 430.
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