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Jaén

El PGOU de Jaén lo frena la firma que quería ampliar el hotel HO

Inversiones Olivencia S.L. aspira al cambio de uso de dos parcelas junto al complejo hotelero. La Junta aún no ha decidido si recurrirá en casación

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  • Jornada de debate sobre el PGOU celebrada en el Colegio de Aparejadores -
la empresa Inversiones Olivencia S.L., con sede social en Almería pero con intereses empresariales en Jaén, ha sido la que ha logrado que prosperara su recurso ante el TSJA contra la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Jaén, que la Junta de Andalucía aprobó en febrero de 2016. En concreto, los promotores de esta empresa, que regenta el Hotel HO ubicado en la zona norte de la capital junto a la N-323, recurrieron el plan urbanístico al discrepar de la calificación que se le había otorgado a dos parcelas de su propiedad ubicadas a las espaldas del actual complejo hotelero. Pretendían su calificación como suelo urbano no consolidado, lo que les hubiera permitido ampliar el actual complejo hotelero, tal y como ayer admitió a este periódico Gabriel Olivencia, uno de los responsables de la empresa. No obstante, el tribunal ha sentenciado que no ha “constatado error o arbitrariedad en la nueva clasificación prevista” en el PGOU y, sin embargo,sí que ha estimado otra pretensión en el sentido de que el PGOU no cuenta con el trámite de Evaluación Ambiental Estratégica ni con el informe de Sostenibilidad Económica. Inversiones Olivencia es el mismo grupo que en 2006 compró el subsuelo para la construcción de un aparcamiento subterráneo en la plaza de la Libertad, la ampliación del hotel Rey Fernando y la explotación de los servicios de la Estación de Autobuses. Ayer, su responsable descartó que tengan intención de volver a presentarse a la licitación para reflotar el hotel Rey Fernando. A este grupo empresarial ya hubo que indemnizar con dos millones de euros por la extinción unilateral del contrato que firmó con el equipo de gobierno del PP durante el mandato 2004-2007, un pago que el Ayuntamiento hizo con cargo al fondo para el pago de sentencias. Tanto el Ayuntamiento como la Junta de Andalucía no han decidido aún si recurrirán o no la sentencia del TSJA que declara nulo el PGOU jienense, al tiempo que valoran el alcance que la sentencia tendrá sobre los proyectos urbanísticos en la ciudad, muy especialmente en los ya iniciados y que podrían verse ahora frenados. La ausencia de Evaluación Ambiental Estratégica en los PGOU es algo preceptivo para las comunidades autónomas, tal y como recoge la sentencia del TSJA. De este modo, el alto tribunal andaluz establece que la Junta de Andalucía, y en concreto la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el caso del PGOU de Jaén “claramente no se ha observado” un “cumplimiento fiel” sobre esta normativa. La Junta de Andalucía, que ha sido condenada en costas, dispone de un mes, a contar desde la fecha de notificación de la sentencia, para estudiar y presentar recurso de casación contra esta sentencia, algo que aún no ha decidido.

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