El tiempo en: El Condado

Huelva

Condenado a dos años de cárcel por molestar a vecinos con música alta

Lo hizo en venganza porque sus vecinos hacían barbacoas, una situación que se repitió durante meses, los sábados sobre las 7.00 horas

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
  • Palacio de Justicia de Huelva -

El Juzgado de lo Penal número 2 de Huelva ha condenado a un vecino de Aljaraque (Huelva) a dos años de prisión y al pago de más de 8.000 euros por molestar, durante años, poniendo música a todo volumen, a sus vecinos en venganza porque ellos hacían barbacoas.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera a esta persona responsable de un delito medioambiental (contaminación acústica) en concurso ideal con delito de lesiones.

Además de la pena de cárcel, le impone dos años de inhabilitación para el ejercicio de cualquier profesión relacionada con la música y le prohíbe acercarse a una distancia inferior a 100 metros de sus vecinos y su vivienda.

Se considera probado que en el año 2010, los denunciantes compraron una vivienda en Aljaraque junto a la del acusado, donde fijaron su residencia, y que desde el principio hubo un desencuentro entre ellos al no estar de acuerdo éste con alguna de sus actividades, como barbacoas.

En abril de 2013, enfadado porque sus vecinos no accedían a sus exigencias, el acusado decidió someterles a una situación que les perjudicara, para lo que ideó su plan: conectó un equipo de música a dos potentes altavoces que orientó hacia la vivienda de sus vecinos emitiendo música reiteradamente por la noche y en torno a las siete horas de la mañana de los sábados.

Pese a las quejas, el acusado mantuvo su actuación durante meses, por lo que desde noviembre de 2014 a abril de 2015 los denunciantes presentaron reiteradas denuncias ante la Policía Local y encargaron un estudio técnico de medición de volumen.

La tensión generada por la música a ese volumen y a esas horas, además de imposibilitar el sosiego familiar y el descanso durante meses, afectó a la intimidad, estabilidad y confortabilidad de los ocupantes de la vivienda, según la sentencia.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN