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Huelva

La Justicia avala la expropiación del Recre por parte del Ayuntamiento de Huelva

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Huelva ha desestimado los recursos que interpuso el anterior propietario del club

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  • Rueda de prensa sobre el Recre. -

Golpe de autoestima el que se ha llevado este jueves el Ayuntamiento de Huelva, con su alcalde a la cabeza, Gabriel Cruz, al anunciar en rueda de prensa que dos sentencias del Juzgado Número 1 de lo Contencioso y Administrativo han avalado la expropiación del Recreativo de Huelva realizada por el Ayuntamiento en junio de 2016 al que fuera presidente del club en aquella fecha, Pablo Comas Mata.

Las dos sentencias, ha explicado Cruz, avalan las actuaciones que desde el Ayuntamiento de Huelva se tomaron para hacerse con las acciones del entonces socio mayoritario de la sociedad (Gildoy España SL).

El 6 de junio de 2016 el pleno municipal tomaba la decisión de expropiar al Decano del fútbol español y el 27 de junio se adoptaba el acuerdo de ocupación urgente de la sociedad. Contra ambas medidas, el entonces propietario mayoritario, Pablo Comas, presentaba denuncias, que ahora han sido rechazadas en primera instancia. El juzgado de lo Contencioso Administrativo da la razón al Ayuntamiento de Huelva, según ha indicado el alcalde, en base a que el Recreativo de Huelva está declarado como Bien de Interés Cultural (BIC), como Decano del Fútbol Español y “seña de identidad de la ciudad”. Eso posibilitaba la intervención municipal ante lo que se denomina abandono absoluto e incumplimiento de las obligaciones que tenía el entonces propietario hacia el club onubense.

Recursos de apelación

El alcalde capitalino ha reconocido sentirse satisfecho de estas dos sentencias que, junto al aval de la tasación técnica del valor de las acciones, suponen que se da estabilidad al equipo y se aporta tranquilidad a los aficionados, que estaban temerosos de que judicialmente el club pudiera volver atrás y pasar de nuevo a la propiedad que provocó la situación de quiebre económica en la que estaba el Decano.

Contra la dos resoluciones judiciales pueden interponerse recursos de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), por lo que si así lo decidiera la antigua propiedad el proceso no estaría aún del todo cerrado.

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