El tiempo en: El Condado
Publicidad Ai

España

La defensa de Bárcenas recurre su ingreso en prisión

Argumenta que desde que fue imputado hace cuatro años en el "caso Gürtel" ha acudido a todas las citaciones, nueve en total, no ha utilizado su dinero oculto para huir y ahora tampoco pretende hacerlo

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Cuando fue trasladado -

El extesorero del PP Luis Bárcenas ha presentado un recurso de apelación directo ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional contra la orden de ingreso en prisión provisional que dictó contra él el pasado jueves el juez Pablo Ruz. Argumenta que desde que fue imputado hace cuatro años en el "caso Gürtel" ha acudido a todas las citaciones, nueve en total, no ha utilizado su dinero oculto para huir y ahora tampoco pretende hacerlo.

   El escrito, de 38 páginas y al que ha tenido acceso Europa Press, está firmado por los letrados Miguel Bajo y Alfonso Trallero y se presenta directamente a la Sala de lo Penal de la Audiencia obviando el trámite de reforma que tendría que ser revisado por el instructor del caso. Los letrados califican la decisión del juez Ruz de "injustificada, desproporcionada e innecesaria" y piden la celebración de una vista oral para dirimir este asunto.

   La defensa recuerda que Bárcenas fue imputado por primera vez en esta causa enjulio de 2009 y que desde ese momento ha comparecido "en todas y cada una de las nueve ocasiones en las que ha sido citado", sin faltar jamás a un solo llamamiento judicial, y dando en ellos "explicaciones al instructor sobre cuanto éste entendió oportuno explicar".

   Por ello, a los abogados de Bárcenas les parece "sorprendente" la decisión del titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 y recuerdan que "difícilmente puede encontrarse precedente alguno" de lo ocurrido a su cliente en "nuestra historia judicial", a lo que añaden que Bárcenas no ha tenido posibilidad siquiera de eludir la medida mediante fianza.

   El recurso, que cita numerosa jurisprudencia al respecto, añade que desde el pasado 25 de febrero Bárcenas tenía ya retirado su pasaporte, prohibido el abandono del territorio nacional sin previa autorización del Juzgado "y con comparecencias 'apud acta' quincenales que ha venido cumpliendo escrupulosamente desde dicho día, sin dar razón, argumento ni opción alguna a considerar que pretendía iniciar una fuga como la que ahora se dice que pretende evitar".

   Añade el recurso que es "público y notorio" que cuando se hablaba en todos los medios de comunicación de que se pretendían solicitar medidas cautelares contra el extesorero "él mismo regresó de un viaje de esquí en Canadá, sin optar desde luego por quedarse en dicho país ni en ningún otro e iniciar la sorprendente fuga que ahora teme el auto recurrido".

DEFENSA RECONOCE LA OCULTACIÓN DEL DINERO

   En otro punto del escrito, la defensa reconoce que "nadie discute" que el extesorero del PP tenía en los bancos Lombard Odier y LGT de Suiza "cantidades absolutamente millonarias" y que sobre dichos fondos no tuvo conocimiento alguno la Administración de Justicia ni la Hacienda Pública hasta diciembre del 2012.

   Pero apunta que "si ese patrimonio desconocido durante años para la Justicia no ha sido utilizado no ha sido utilizado por Bárcenas "para situarse fuera del alcance de la misma cuando ninguna medida cautelar pesaba sobre él, es evidente que ahora no puede emplearse el argumento de que dispone de ese mismo patrimonio -(...) por cierto bloqueado durante meses por las autoridades suizas- para iniciar ese incierto camino de elusion de sus responsabilidades ante nuestros Tribunales".

   En todo caso, el escrito abunda en que "las consecuencias de no acreditar el origen de un patrimonio hasta la fecha oculto a Hacienda son exclusivamente las correspondientes a la concreta infracción tributaria derivada de dicha ocultación", que en el presente caso está prescrita o bien corresponde a fondos ya regularizados.

BENEFICIOS DESDE LOS AÑOS 80

   La defensa añade que también es "incorrecta" la construcción por Ruz de que el extesorero habría llevado a cabo actuaciones de ocultamiento o disimulación de sus fondos en Suiza. Afirma que "la totalidad de los fondos se encuentra y sigue encontrándose en los mismos bancos" en los que Bárcenas "empezó a ingresar los beneficios de su actividades comerciales, industriales y profesionales, en la lejana fecha de los años 80.

   Así, niega que Bárcenas cancelara sus cuentas en las capitales suizas o trasladara los fondos, y que frente ello "nada empece el hecho de que tales cuentas figurasen entre 2005 y 2009 a nombre de Fundación Sinequanon y que en 2009 se abrieran nuevas cuentas en esas mismas sucursales a nombre de la mercantil Tesedul".

   "El traspaso de los fondos desde Sinequanon a Tesedul no puede considerarse como significativo de una actividad de ocultación o blanqueo, pues en este caso la lógica más elemental señala que, en vez de llevárselos a otra entidad mucho más transparente como Tesedul dentro de la misma sucursal del mismo banco, lo que hubiera hecho sería llevárselos a algún otro de los múltiplos paraísos fiscales susbsistentes en nuestro planeta", razona esta parte.

   Añade que Bárcenas "acabó aflorando los fondos de su propiedad en LGT y Lombard Odier a mediados del año 2012" acogiéndose a las "posibilidades brindadas" por el Decreto-Ley que propició la denominada 'amnistía fiscal", "en la creencia y el razonable entendimiento de que estaba regularizando adecuadamente la totalidad de sus responsabilidades tributarias".

   Además, la defensa incide en que Ruz no ha razonado "con la mínima solidez" cuál es el cambio sustancial de circunstancias que exige el paso "de una situación de libertad sin ningún tipo de cautelas (...) a nada menos que la prisión incondicional" o cuál el incremento de la penalidad posible que puede atribuirse al extesorero.

FALSEDAD DE CONTRATO

   Entre los nuevos indicios contra el extesorero apuntados por Ruz se encontraba la declaración de la supuesta marchante argentina Isabel Mackinley, que aseguró que cobró 1.500 dólares por figurar en dos contratos de mediación y compra-venta de obras de arte que "no reflejarían operaciones reales" y con los que Bárcenas y su mujer, Rosalía Iglesias, justificaron unos ingresos en efectivo de casi 560.000 euros.

   Sobre este punto, la defensa de Bárcenas niega la existencia de delito alguno dice que "no puede ser mercantil un mero contrato privado de compraventa de obras de arte entre dos particulares.

Rechaza igualmente el argumento de posible destrucción de pruebas por parte de Bárcenas que señalaba Ruz en su auto, pues "de haber existido tal riesgo" casi cinco años después de abrirse la causa judicial "es obvio que el mismo se habría ya concretado durante ese largo periodo de tiempo, sin que sea pues atendible ahora como argumento para acordar nada menos que la prisión incondicional" de Bárcenas.

   Finalmente, la defensa apunta que el extesorero del PP "ha colaborado de modo inequívoco para que la documentación procedente de Lombard Odier llegara a la mayor brevedad a poder del juzgado" de Pablo Ruz.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN