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España

Condena al Estado a indemnizar a un guardia civil por no percibir unos complementos, según AUGC

Le fueron "descontados de sus nominas mensuales más de 2.400 euros"

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Sevilla, ha dictado una sentencia a favor de un guardia civil que pasó destinado desde la Comandancia de Tenerife a la de Huelva en situación de baja por enfermedad y al que le fueron "descontados de sus nominas mensuales más de 2.400 euros".

Según ha informado la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), en una nota, a este guardia civil primero se le abonó el complemento específico singular y posteriormente se le descontó toda la cantidad durante el mes de junio, "con lo que dejó de percibir casi la totalidad de la nómina".

Por ello, los servicios jurídicos de AUGC realizaron la correspondiente reclamación, que fue desestimada por el coronel jefe del Servicio de Retribuciones, teniendo que acudir a los juzgados correspondientes para que le devolviesen las cantidades descontadas.

No obstante, desde la asociación destacan que la sentencia no deja lugar a dudas y dice textualmente que la resolución denegatoria parte de que el componente singular del complemento específico está estrictamente ligada al puesto, por tanto, para percibirlo, "es preciso haber tomado posesión".

En definitiva, el actor procedía de un destino en el que percibía dicho componente singular del complemento específico y accede a un puesto que igualmente lo tiene reconocido; por tanto, si estuvo de baja por enfermedad, conforme a la normativa, disfrutaba de una licencia con plenitud de derechos económicos, entre ellos el componente singular del complemento específico, que percibía en su anterior puesto y que tiene asignado también el nuevo puesto.

Este tema ya ha sido debatido en bastantes ocasiones por distintos Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Valencia y Madrid, y dictadas multitud de sentencias, todas ellas por recursos interpuestos por funcionarios del Cuerpo de la Guardia Civil y "todas ellas dando siempre la razón a los guardias civiles y a los servicios jurídicos de AUGC, y es que sistemáticamente se retiran estos emolumentos, a los guardias civiles cuando se incorporan a un nuevo destino estando de baja por enfermedad".

Asimismo, recuerdan que desde hace más de cinco años "una y otra vez la Guardia Civil", teniendo todas estas sentencias en su contra, "no cambia sus normas internas a pesar que luego tiene que indemnizar a los guardias devolviéndoles el sueldo injustamente retirado y los intereses correspondientes".

A su juicio, esta política que sigue la Guardia Civil "no tiene otra explicación que obligar, bajo la amenaza de no cobrar el complemento especifico singular, a que se den de alta médica para el servicio si no quieres perder dinero, aún a pesar de la gravedad de la enfermedad del guardia civil. Esto no ocurre con ningún otro funcionario del Estado".

De la multitud de cambios de destino que se producen siempre hay algunos que se hacen estando de baja por enfermedad, de ellos, los que pertenecen a AUGC y tienen conocimiento recurrirán a los tribunales, pero siempre "habrá algún guardia civil que no recurra por miedo o por desconocimiento", con lo que se vulneran "nuevamente" los derechos fundamentales de los funcionarios guardias civiles.

AUGC y sus servicios jurídicos estudian la posibilidad de presentar una denuncia penal por dictar una resolución a sabiendas de que es injusta, porque, quien las firma, conoce perfectamente que lo que está haciendo es "totalmente irregular" y que los tribunales de justicia están dando la razón "una y otra vez a los guardias civiles que reclaman".

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