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Asesores fiscales consideran inconstitucional el Impuesto a las Grandes Fortunas

Creen que grava el mismo hecho imponible que el Impuesto de Patrimonio, como ha señalado este miércoles la presidenta de Aedaf, Stella Raventós Calvo

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  • Stella Raventós Calvo, y el abogado triburatista Javier Gómez Taboada. -

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) considera que el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas --contra el que el Gobierno de la Junta de Andalucía ha interpuesto un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) que ha sido admitido a trámite esta semana-- es inconstitucional y, además, grava el mismo hecho imponible que el Impuesto de Patrimonio, como ha señalado este miércoles la presidenta de Aedaf, Stella Raventós Calvo, en la XVI Jornada Nacional de Estudio de la Asociación.

"El Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas tiene un umbral y el de Patrimonio tiene otro, pero ambos recaen sobre el mismo hecho imponible, algo que nos chirría. Otro aspecto que hay que examinar es la injerencia de esta norma en la normativa de cada comunidad autónoma", ha apuntado Raventós en el acto.

La presidenta de Aedaf también ha advertido de que esa norma puede "ahuyentar" a contribuyentes que "se instalarían permanentemente" en España si el país tuviera "otra realidad tributaria".

Los asesores fiscales han analizado en este acto cuestiones fiscales como el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, la fiscalidad de la Ley de Fomento del Emprendimiento o la sentencia que anula parcialmente la Directiva de Intermediarios Fiscales (DAC6).

La Aedaf ve como un hito propio esa anulación parcial y pide ahora que se aclare "si la enmienda de la DAC6 es aplicable a todos los intermediarios o solo a aquellos que gozan del secreto profesional según el estatuto nacional".

"Se trata de una directiva técnicamente muy deficiente aprobada en un tiempo récord. DAC6 es un ejemplo de inseguridad jurídica total", ha añadido Raventós.

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