El tiempo en: El Condado
Publicidad Ai

España

Grabar a policías no será sancionable en nueva ley Mordaza, salvo excepciones

La mera grabación o difusión de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad en la calle o durante manifestaciones no constituirá infracción

Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Agentes de la Policía Nacional. -

La mera grabación o difusión de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad en la calle o durante manifestaciones no constituirá infracción en la nueva ley de Seguridad Ciudadana, conocida como ley Mordaza, salvo cuando el uso de este material o de los datos de estos funcionarios suponga un "constatable" peligro para su seguridad o para la operación.

Es uno de los principales acuerdos que ha sacado adelante este miércoles la mayoría de grupos en la sesión de la ponencia que ha retomado el trámite de reforma de la ley Mordaza tras diez meses congelada en los que los seis grupos partidarios de modificar la norma ―PSOE, Unidas Podemos, ERC, PNV, EH Bildu y Junts― han alcanzado acuerdos en unos veinte preceptos.

Durante una hora y media los grupos han avanzado en el retoque de apartados de los artículos 16 al 37, según ha indicado el portavoz de Unidas Podemos, Enrique Santiago, al finalizar la sesión en la que no se han abordado los aspectos más polémicos como el uso del material antidisturbios, las sanciones por las multas por falta de respeto a la autoridad y las devoluciones en caliente.

Santiago ha destacado no obstante que "cada vez hay menos desacuerdos" y que el cierre de la ponencia puede estar cerca. De hecho, se ha mostrado partidario de una nueva sesión en enero en caso de que se habilite parlamentariamente.

En la ley vigente se considera infracción grave las grabaciones no autorizadas a las fuerzas de seguridad, un precepto que en 2020 el Tribunal Constitucional no avaló, por lo que los grupos consideraban necesario una modificación del artículo 36.23.

Así, la enmienda a la que ha tenido acceso EFE y que se incorporará al texto propuesto por el PNV en 2017, contempla que solo será infracción grave cuando "el uso de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o agentes de las fuerzas de seguridad genere un peligro cierto para su seguridad familiar o personal o de las instalaciones protegidas o haya puesto en riesgo una operación".

Y ese riesgo o peligro deberá ser "constatable y reflejarse motivadamente".

POSIBILIDAD DE REPARAR EL DAÑO CAUSADO

Además de este acuerdo, la mayoría de grupos también se han mostrado partidarios de incorporar en el artículo 33, que contempla la graduación de sanciones, la posibilidad de que el infractor solicite la suspensión de multa a cambio de "una actividad reparadora" sobre el daño de bienes públicos o privados.

Hasta ahora esta posibilidad solo la tenían los menores infractores.

Respecto a la graduación de las sanciones, se mantiene en este precepto el acuerdo inicial al que llegaron PSOE y Unidas Podemos en su paquete de enmiendas pactadas en 2021 para reducir el importe en función de los ingresos del sancionado con respecto al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

De esta forma, quienes perciban un salario de hasta 1,5 veces el SMI, la reducción será del 50% sobre el importe, en tanto que los que tengan un salario de entre 1,5 y 2,5 el SMI la rebaja será del 25%. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN