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Cádiz

Rebajan a 13 años la condena a la mujer que mató a marido asfixiándolo con una bufanda

Según ha informado el TSJA, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó a la acusada por un delito de asesinato con la atenuante de confesión

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  • Juzgados. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 21 a 13 años de cárcel la condena impuesta a una mujer por matar en Ceuta en marzo de 2019 a su marido, al que asfixió con una bufanda, al considerar que se trató de un homicidio y no de un asesinato.

Según ha informado el TSJA, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó a la acusada por un delito de asesinato con la atenuante de confesión y la agravante de parentesco y le impuso 21 años y 8 meses de prisión, la privación de la patria potestad respecto de sus tres hijos, y el pago de una indemnización de 93.135,30 euros a cada uno de ellos.

Sin embargo, el TSJA estima parcialmente el recurso de la defensa contra dicha sentencia y rebaja a 13 años la pena de cárcel, manteniendo el resto de pronunciamientos de la sentencia recurrida.

La Audiencia Provincial consideró probado que los hechos tuvieron lugar el 26 de marzo de 2019, cuando la condenada, "de forma sorpresiva y aprovechando la débil condición física" de su marido y que se encontraban solos en el domicilio lo asfixió utilizando una bufanda "de manera que no pudo desplegar una defensa mínimamente efectiva".

La defensa de la acusada recurrió la sentencia de la Audiencia alegando que la mujer no había actuado con alevosía, lo que descartaría el delito de asesinato, argumento que el TSJA comparte al considerar que ni del informe de la autopsia ni de las actuaciones practicadas ante el tribunal del jurado ni de los testimonios "puede deducirse de forma lógica, clara y contundente la afirmación de acometimiento sorpresivo y abusivo por el hecho de coger una bufanda, produciendo presión sobre el cuello de la víctima que finalmente causó la muerte".

La Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal confirma el resto de hechos probados en la sentencia de la Audiencia Provincial, que señala que, después de dar muerte a su pareja, la mujer se dirigió a un guardia civil y le dijo que "creía que había matado a su marido".

El TSJA sí aprecia la agravante de abuso de superioridad, ya que de los hechos declarados probados "sí quedó probada una superioridad medial (la agresora emplea una bufanda a modo de lazo alrededor del cuello sobre persona desarmada) y un objetivo aprovechamiento de las circunstancias del lugar (efectuar los hechos en la vivienda donde nadie podría socorrer a la víctima), unido todo ello a una inferioridad física de la víctima, de 63 años frente a los 42 años de la agresora". 

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