La petición de AEA se fundamenta en una sentencia del Tribunal Supremo (TS) del pasado mes 4 de junio que consideraba que, para que no se produzca “indefensión”, el ciudadano tiene derecho a recurrir no sólo la conducta infractora, sino también, y en solitario, la propia pérdida de los puntos.
En la resolución, el Supremo aclaraba que el hecho de que un conductor pague la multa económica no supone que renuncia al derecho a recurrir la pérdida de puntos del carné que conlleva la sanción.
Ya en junio, una vez conocida la sentencia del TS, fuentes de la DGT aseguraron a Efe que todas las sugerencias de alto tribunal ya habían sido recogidas en el nuevo Reglamento General de Conductores, aprobado en mayo.
No obstante, para AEA, hasta esa fecha no se respetaron ninguna de las garantías exigidas por el Supremo, lo que supone aproximadamente dos millones de multas con derecho a revisión. Según la AEA, la revisión de los expedientes debería hacerla de oficio la propia administración que impuso la sanción.