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Cádiz

Indemnizada con 40.000 euros por perder un ojo tras una operación

La paciente, que perdió el ojo, ha sido indemnizada por la aseguradora del SAS por la defectuosa atención médica en el Hospital Puerta del Mar de Cádiz

Andaluc�a Informaci�nPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
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  • Puerta del Mar. -

La aseguradora del Servicio Andaluz de Salud ha alcanzado un acuerdo por el que indemnizará a J.LC en la cantidad de 40.000 euros por pérdida de visión del ojo derecho que finalmente terminó perdiendo, todo ello como consecuencia de la defectuosa atención médica que le fue prestada en el Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz, dependiente del SAS, tal y como ha informado el Bufete Ortiz Abogados.

Los hechos se remontan a finales de julio de 2014 cuando la afectada, después de mucho tiempo con problemas de visión acude a la consulta de Asistencia Primaria donde se le diagnostica de cataratas en ambos ojos, derivándola al Servicio de Oftalmología del Hospital Universitario Puerta del Mar y a finales de noviembre le informan que aún no está preparada para la cirugía, emplazándola para seis meses después.

Es citada el 15 de junio de 2015 para la intervención quirúrgica de cataratas del ojo izquierdo, y tras serle realizada le tapan el ojo con un apósito y le dicen a su marido que la operación fue muy dificultosa pues tenía una catarata muy complicada en la que apenas había hueco para implantar la lente.

Posteriormente, le dan de alta con medicación y la citan para el día siguiente para una revisión, no pudiendo ella asistir por encontrase muy mal con vómitos y mareos compareciendo en el Hospital al día siguiente, cuando es atendida enviándola a su domicilio con el tratamiento a seguir.

Tal y como informa el Bufete Ortiz, "como no mejoraba con la medicación, optan por intervenirla nuevamente del ojo izquierdo el día primero de julio de 2015, siendo revisada el día 23 de julio de 2015, presentando en fecha de 7 de agosto de 2015 desprendimiento de retina y restos cristalinos en el ojo izquierdo, informándole del mal pronóstico, y aconsejándole nueva cirugía". En fecha de 18 de agosto de 2015 se le practicó la tercera intervención y se le dio el alta con tratamiento a seguir y reposo absoluto y revisión para el 27 de agosto de 2015

Desafortunadamente en mayo de 2016, "debido a la nula capacidad visual y a que se trataba de un ojo doloroso se procede a la evisceración del ojo, es decir, al vaciado del contenido ocular y a su sustitución por una prótesis".

La conclusión, según el Bufete Ortiz, "es que se produjo una complicación no infrecuente en cirugía de catarata, que es previsible y que se pueda dar hasta en un 15 por ciento de los casos, como sucedió en éste, pero sin que se pudieran los medios para diagnosticarlo pasando inadvertido durante aproximadamente de un mes y medio (46 días), no realizándose la cirugía reparadora del desprendimiento de retina hasta dos meses y pico después de la cirugía inicial que provocó el desprendimiento y hasta 18 días después de haberse confirmado una forma grave y evolucionada de desprendimiento de retina".

El retraso diagnóstico y terapéutico del desprendimiento de retina "agravan el pronóstico y suponen una importante pérdida de oportunidad para la recuperación visual de la paciente, siendo el resultado visual final nulo, produciéndose finalmente la pérdida del ojo izquierdo afectado".

Aunque la complicación inicial y el desprendimiento de retina son perfectamente previsibles y conocidos, y se detallan habitualmente en los documentos de consentimiento informado (CI)  "en este caso no constaba CI de la intervención de catarata ni firma en el documento de CI de retina".

El acuerdo extrajudicial alcanzado finalmente con la aseguradora del SAS ha hecho innecesaria la celebración de la vista oral del juicio, acordada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Cádiz para el día 28 de noviembre de 2016, que ha quedado sin efecto.

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