Andalucía contará con un registro de profesionales sanitarios que quieran objetar "por motivos de conciencia respecto de la intervención directa en la práctica de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) para asegurar una adecuada gestión de los recursos humanos que permita garantizar dicha prestación en el Servicio Andaluz de Salud, así como para evitar cualquier tipo de discriminación de los profesionales sanitarios". En 2023 --últimos datos disponibles en la web del Ministerio de Sanidad--, en Andalucía interrumpieron su embarazo 19.474. Andalucía fue la segunda comunidad con más casos, por detrás de Cataluña (21.175 casos) y seguida por Madrid (17.870).
Por provincias, en Almería fueron 2.045 las interrupciones del embarazo las hechas en 2023; en Cádiz, 2.592; en Córdoba, 1.268; en Granada, 1.882; en Huelva, 1.548; en Jaén, 798; en Málaga, 4.381 y Sevilla, con 4.960.
Para regular este registro, la Consejería de Salud y Consumo redactará un proyecto de orden que ha estado en consulta pública para poder recabar las aportaciones de las organizaciones y entidades afectadas.
En dicha consulta, la Administración autonómica explica que la "necesidad" de este registro deriva de la Ley estatal que establece que "a efectos organizativos y para una adecuada gestión de la prestación, se creará en cada comunidad un registro de profesionales sanitarios que decidan objetar por motivos de conciencia" ante el aborto.
El pasado 13 de diciembre de 2024, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó el protocolo "específico" que incluye las "condiciones mínimas" para garantizar el cumplimiento de los objetivos perseguidos con la creación de este tipo de registros. En ellos, sólo se incluirá al personal que interviene "directamente" en la IVE, caso de los médicos especialistas en Ginecología y Obstetricia, anestesiología y reanimación, medicina familiar y comunitaria, enfermeras/os y matronas.
El acceso al registro estará "restringido" al personal encargado de la gestión y organización de recursos humanos para la IVE y los datos no se compartirán entre comunidades. Se podrá objetar de manera total o parcial. En el primer supuesto, el profesional sanitario se opone a participar "en cualquier tipo de interrupción voluntaria del embarazo, independientemente de las circunstancias". En la parcial, el sanitario se opone a participar en la IVE "en algunos de los supuestos recogidos en la Ley".
Los supuestos a los que se puede objetar de forma parcial so: un aborto a petición de la mujer dentro de las primeras catorce semanas de gestación; IVE por causas médicas hasta las 22 semanas de gestación en caso de grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada; IVE por causas médicas hasta las 22 semanas de gestación en caso de riesgo de graves anomalías en el feto; IVE por causas médicas en caso de anomalías fetales incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable en el feto.