Productos de inversión que ofrecían una rentabilidad de hasta el 50% en 10 años
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz investiga a la firma de inversión Herrero Brigantina por presunta estafa piramidal en la venta a alrededor de 35.000 clientes de toda Europa productos de inversión que ofrecían una rentabilidad de hasta el 50 % en 10 años.
En un auto fechado ayer al que ha tenido acceso EFE, el titular del juzgado central de instrucción nº 5 se hace cargo de la instrucción de la querella presentada por el bufete Ortiz Abogados, que inicialmente se dirigía contra Herrero Brigantina Servicios Financieros y North Atlantic Insure Broker.
Posteriormente, la querella ha sido ampliada para incluir al presunto cabecilla de la trama, Juan González Herrero, fundador y presidente de Herrero Brigantina, para el que los querellantes solicitan el embargo de bienes por importe de 5 millones de euros y que se le imponga una fianza.
La sociedad, sostiene la querella, vendía planes de pensiones, hipotecas y prestamos, pero "nunca ha emitido contratos bajo la denominación de seguros u otras formas que den a entender que realizan operaciones de seguros o distribución".
Brigantina ofrecía productos de inversión que prometían una rentabilidad de hasta el 50 % en 10 años, y son ya 35.000, entre pymes, autónomos y particulares, los clientes que han perdido su inversión, que en algunos casos se eleva a 300.000 euros.
Los afectados ignoran el destino de los fondos invertidos, y aunque se les ofrecía poder retirar los fondos, al intentar su rescate "hasta la fecha no se han recibido los fondos ni contestación alguna de los responsables" de la sociedad, fundada en 2011 por Juan González Herrero.
La OCU, que en septiembre de 2022 ya advirtió sobre las prácticas de Herrero Brigantina, anima a los afectados a recopilar todas las pruebas y presentar una denuncia ante la Policía o la Guardia Civil.
Esta asociación de consumidores detectó entonces que las ofertas analizadas "parecían un montaje para esquivar toda la legislación protectora de los inversores, ya que ni la Comisión Nacional del Mercado de Valores ni la Dirección General de Seguros intervenían, porque los inversores no adquirían un producto financiero, sino que hacían una especie de préstamo a una sociedad mercantil".