A puntos como una estación de autobuses una vez habían llegado a tierra
La Sección Tercera de la Audiencia de Almería ha condenado este martes a un grupo de acusados de organizar un viaje en patera, así como de trasladar a inmigrantes llegados a la costa de Almería a puntos como una estación de autobuses una vez habían llegado a tierra.
Los acusados han reconocido los hechos y mostrado su conformidad con la petición del fiscal, que ha rebajado la solicitud de penas inicial, de forma que el fallo ha sido dictado ‘in voce’ en la propia sala de vistas, dónde se ha declarado la firmeza del mismo.
La calificación del fiscal, consultada por EFE, señala que el acusado B.S. se dedicó entre septiembre de 2019 y mayo de 2020 a recoger a inmigrantes en situación irregular llegados en patera a la costa de Almería.
Asegura que les cobraba distintas cantidades por trasladarlos a la estación de autobuses de Almería o a diferentes localidades, con el apoyo en ocasiones de los acusados J.M.T.H. y J.G.R., así como de la acusada R.A.
El fiscal señala distintos desembarcos en Carboneras (Almería) en los que habrían participado, y en los que incluso alguno de ellos habría sido interceptado por la Guardia Civil antes del traslado a la estación de autobuses.
Por otro lado, el fiscal relata cómo los acusados B.S., R.A., K.A. y B.B., estos dos últimos en territorio argelino, acordaron organizar un viaje en patera para trasladar a inmigrantes en patera hasta Carboneras entre los meses de abril y mayo de 2020.
De acuerdo con este presunto plan, sobre las 11:00 horas del 2 de mayo de 2020 zarpó una embarcación de fibra desde la costa argelina con 10 inmigrantes a bordo y con B.B. como patrón, con el apoyo de K.A.
La patera llegó sobre las 16:15 horas a la cala del Antiguo Cargadero del Mineral de Aguamarga (Níjar, Almería), y sus ocupantes abandonaron la embarcación nada más llegar a la costa, aunque fueron interceptados por la Guardia Civil sin que B.S. pudiera recogerlos.
El fiscal ha añadido esta martes que los acusados B.R. y A.K. contactaron con B.B. para ofrecerse a colaborar en el viaje, ya que sabían que éste había hecho el viaje en otras ocasiones y “pensaban que estaba capacitado para ello y no sabían ni las características de la embarcación que se iba a utilizar ni si la misma contaba con medidas de seguridad”.
Además, ha precisado que K.A: se ofreció “a colaborar en el viaje, especialmente por el conocimiento que tenía de la zona ya que entes había residido bastante tiempo en Carboneras, pero su finalidad principal era tratar de volver a España”, o que recibiese ningún tipo de dinero.
De esta forma, B.S. ha sido condenado a siete meses y quince días de prisión por un delito de favorecimiento de la inmigración ilegal, y a seis meses más de cárcel por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
Por su parte, J.M.T.H. y J.G.R. han sido penados con una multa de tres meses, a razón de seis euros al día, por un delito de favorecimiento de la inmigración ilegal, mientras que por este mismo ilícito a la acusada R.A. le han sido impuestos tres meses de prisión, y medio año más de cárcel por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.
Por último, K.A. ha sido condenado a dos años de prisión por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.