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Alcalá la Real

Aumento de bonificaciones y ventajas para autónomos en las ordenanzas

Como contrapartida, se cobrará por el uso de espacios como la Sala Hércules en el Centro Social de la Tejuela o el Mirador de San Marcos, en bodas civiles

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  • Pleno celebrado en la noche de este jueves, 14 de noviembre. -

El pleno celebrado en la noche de este jueves, 14 de noviembre aprobaba con el voto favorable de Partido Popular, Partido Socialista y Ciudadanos, la modificación de las ordenanzas fiscales para 2020. La apuesta por la rebaja de impuestos y la eliminación de cargas para emprendedores y autónomos son dos de las premisas destacadas en las ordenanzas fiscales para el año próximo.

Las novedades presentadas pueden resumirse a grandes rasgos en las siguientes medidas: en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, se incorpora una  bonificación del 50% para las instalaciones de ascensor en inmuebles a partir de 25 años de antigüedad. En la ordenanza por ocupación de terrenos, puestos, barracas, atracciones, etc, se establecen nuevas tasas en instalación de esta serie de puestos en periodos fuera de feria, en Alcalá y aldeas (Remolques vino, patatas: 13,00 €/m2; Churrería: 105 €; Casetas: 11 €/ metro fachada; Bisutería: 5€ metro fachada; Eventos: Parking vigilado para caravana: 40 €; Parking vigilado turismos: 3 €/día; Ludoteca: 3 € / hora. 12 € máximo día). En la tasa por prestación de servicio de expedición de documentos, por la expedición de informes sobre accidente de circulación: 46 €. La anterior tasa en 4,60 €. Se trata de un informe que suelen pedir las aseguradoras, y se ha tratado de adaptarlo a los precios que existen en otros municipios.

Una de las grandes novedades es la derogación total de la tasa por licencia ambiental y apertura de establecimientos. Con ella desaparecen las siguientes tasas: Control posterior para el ejercicio de actividades sujetas a la presentación de la declaración responsable y/o comunicación previa, en la que se debía satisfacer una cuota por importe de 237,40 €, incluidas las que figuran en el anexo Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, y de acuerdo con el art. 2 del mismo. También las Licencias de apertura o control posterior al inicio de la actividad, para establecimientos cuyas actividades estén clasificadas en el anexo I de la Ley 7/2007 sujetas a autorización ambiental integrada (AAI) autorización ambiental unificada (AAU) y evaluación ambiental (EA) y calificación ambiental (CA) no incluidas en el apartado siguiente, y no recogidas en el anexo del RDL 19/2012, que satisfacían una cuota por importe de 474,81 €. Finalmente, las Licencias de apertura o control posterior al inicio de la actividad, para los siguientes establecimientos sujetos a calificación ambiental (CA) en el anexo I de la Ley 7/2007, que satisfacían una cuota fija por importe de 791,36 € (Pubs;  Discotecas y salas de fiesta; Salones recreativos y salas de bingo; Cines y teatros; Estaciones de servicio dedicadas a la venta de gasolina y otros combustibles)


Se produce un redondeo en la tasa de retirada de vehículos, mientras que en la tasa de prestación de servicios urbanísticos, se crea una nueva tarifa correspondiente a tramitación de expedientes de ruina. Si es a instancia del propietario se cobrará el 1% del valor del inmueble, con un mínimo de 150 €. Si es a instancia de terceros se aplica la misma tasa, si bien se liquidará al finalizar el expediente.

En la ordenanza de utilización de inmuebles de titularidad municipal se incorpora la Sala Hércules (20 €/ hora) y la Sala de los Espejos (20 €/hora), en el Centro Social de La Tejuela. También el Mirador de San Marcos para la realización de bodas civiles, con tasa de 215 €. No se incorpora La Trinidad en tanto se resuelven posibles convenios con Diputación y Junta de Andalucía que pudieran condicionar celebración de eventos por parte de particulares.

En cuanto a la ordenanza de uso de instalaciones deportivas, se establece un bono 10 usos., que se adquiere con carácter personal e intransferible. Por otro lado, la tarifa matinal: Para jubilados se mantiene tarifa especial de 22 € y 20 € para pago domiciliado. Para discapacitados +33% se establece un 50% bonificación. En cuanto a la tarifa de colectivos, habrá 50% de bonificación para discapacidad superior 33%. Para colectivos vulnerables, para actividades en casco urbano y aldeas, tras la renuncia de Gado, se fija tasa para actividades en casco urbano y aldeas, diferenciándolas: Casco urbano: 3 sesiones semanales. Pensionistas 11 €, no pensionistas 18 €. En aldeas: 10 € o 13 € según usuarios (15 pax).

En las Tarifas para El Coto, desaparece la tarifa de 8 € por uso de pista de pádel con luz. Se cobrará indistintamente 6 € con/sin luz. Sobre estas tarifas se aplicará un descuento del 25% para desempleados, jóvenes (carnet joven) y colectivos. Al menos el 50% de los participantes deberán pertenecer a alguna de las categorías anteriores, y deberá acreditarse en el momento de efectuar la reserva. Para las fiestas de cumpleaños: 2 horas (sin comida ni monitor) 40 €. En las clases de Pádel Adulto 24/48 euros mes. Para la Piscina de Verano: 50% descuento para jubilados y discapacitados+33% en entradas individuales. Los niños de 0 a 3 años, gratis.

 

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