En la sentencia, hecha pública ayer, se contemplan los atenuantes de reparación del daño –después de que Yllanes entregara 126.853 euros a la familia de Laffage– y embriaguez leve, aunque se desestiman los de arrebato y confesión del delito, que también habían sido tenidos en cuenta por el jurado.
Asimismo, se condena a Yllanes al pago de una indemnización a los padres de Nagore Laffage de 208.503 euros, al 50% para cada uno, y de 37.909 euros para el hermano de la joven, y se le prohíbe acercarse a estos o a sus domicilios o lugar de trabajo, así como comunicarse con ellos, durante un periodo de diez años.
El magistrado absuelve a Yllanes del delito de asesinato del que era acusado, así como del delito de profanación de cadáveres.
La condena a doce años y medio de cárcel es la misma que solicitaba el fiscal y es algo menor a la que pedían la acusación particular y las acusaciones populares (ejercidas por los Ayuntamientos de Pamplona e Irún, el Gobierno de Navarra y las Juntas Generales de Guipúzcoa), que solicitaban 15 años de cárcel.