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Sevilla

El TSJA ordena repetir el juicio del crimen de las cuñadas de La Rinconada

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado repetir el juicio contra dos hermanas y la pareja de una de ellas por el asesinato de su cuñada

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  • Juicio por el crimen de las cuñadas. -
  • La decisión se basa en la "insuficiencia" de razones para mantener el anonimato de dos testigos protegidos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado repetir el juicio contra dos hermanas y la pareja de una de ellas por el asesinato de la cuñada de ambas acusadas en La Rinconada (Sevilla), hechos por los que cada uno de los tres procesados fue condenado a veintitrés años de cárcel.

Carmen N.S., Rosa N.S. y Francisco Javier M.R. fueron condenados el pasado 17 de marzo por la presidenta del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Sevilla después de que un jurado popular los declarase culpables de matar a la cuñada de las encausadas en su vivienda el 19 de abril de 2016.

En una sentencia dictada este 16 de septiembre a la que ha tenido acceso Efe, la Sala de lo Civil y Penal del TSJA estima parcialmente los recursos presentados por las defensas, anula el juicio oral, el veredicto y la sentencia y devuelve las actuaciones a la Audiencia para la celebración de un nuevo juicio con otro jurado y otro magistrado presidente.

La decisión se basa en la "insuficiencia" de razones para mantener el anonimato de dos testigos protegidos en cuyas declaraciones se basó "exclusiva o al menos indispensablemente" la condena, ya que fueron quienes identificaron a los acusados como las personas que salieron de la casa de la víctima.

Esa fue "la única prueba en que se ha fundado la condena o al menos ha sido decisiva, determinante o imprescindible", añade la Sala, que destaca que el resto de diligencias "no dieron resultado alguno utilizable contra los acusados".

"Sin la combinación" de esos testimonios "no existe nada" contra los acusados, prosigue el TSJA.

Una de las testigos empezó identificando en fotografías a otra hermana, Elena N.S., lo que hizo que esta entrase en la cárcel y fuese acusada hasta que, veintisiete meses después, la misma vecina señaló en una rueda de reconocimiento a Carmen N.S., cuyo letrado, Diego Silva, reclamó la nulidad del juicio por este y otros motivos.

Las defensas pidieron conocer la identidad de las testigos por si existían motivaciones espurias en su declaración, "habida cuenta de que constaba algún incidente entre los vecinos de la calle", y para contrastar lo que manifestaron haber visto "desde su domicilio, donde decían encontrarse".

La magistrada rechazó esa petición basándose en el "razonable temor" que podían sentir las mujeres, pero el TSJA califica esa motivación de "insuficiente" y cree que mantener el anonimato de testigos tan relevantes "requiere algo más que una alusión" al miedo a "eventuales represalias".

"No resultaba fácil imaginar una línea de defensa que no consistiera en suscitar dudas" sobre esos testimonios, continúa el TSJA, que suma factores como la existencia de varias hermanas, "los problemas de identificación entre unas y otras" y la "clamorosa contradicción" de la testigo T1 al identificar primero "con total seguridad" a Elena N.S. y después "con la misma seguridad" a Carmen.

La magistrada compensó a las defensas con una mayor extensión de sus interrogatorios, pero el TSJA replica que "no pudieron ver a dichas testigos" porque declararon por videoconferencia, sólo el jurado las vio y "la percepción (...) es más completa si es no sólo auditiva sino también visual, como lo es también si es presencial y no por videoconferencia".

El TSJA afirma que hubo "vulneración del derecho de defensa" y ordena que se levante el anonimato de las dos testigos, aunque prohíbe a los abogados comunicar a sus clientes los datos personales de ambas mujeres, que eran vecinas de la víctima.

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