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Málaga

Málaga decreta que se puede continuar con los trámites urbanísticos

La Gerencia Municipal de Urbanismo aprueba un decreto que autoriza adoptar medidas de iniciación ordenación, instrucción y terminación de procedimientos

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  • El edificio de usos múltiples. -

La Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga ha aprobado mediante decreto y con el visto bueno de la Secretaría General del Ayuntamiento, una resolución mediante la cual se autoriza a la adopción de medidas de iniciación ordenación, instrucción y terminación de procedimientos administrativos en el ámbito competencial de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras durante el estado de alarma y su prorroga ocasionado por el COVID-19.

De esta forma, el personal de la GMU, a través del teletrabajo, puede continuar avanzando con la tramitación de asuntos urbanísticos, a la vez que el interesado puede, voluntariamente, cumplimentar los requisitos técnicos o jurídicos pertinentes de cada procedimiento, según ha explicado el Ayuntamiento de Málaga en una nota de prensa.

Esta resolución tiene como objetivo principal promover la recuperación económica y garantizar el mantenimiento de la economía productiva de la ciudad, una vez se levanten las medidas excepcionales adoptadas por el Gobierno durante esta crisis sanitaria.

Concretamente, se consideran la adopción de medidas de iniciación, ordenación, instrucción y terminación de procedimientos administrativos durante la prórroga del estado de alarma, teniendo en cuenta las reiteradas peticiones de interesados que están solicitando que se continúe con la tramitación de determinados procedimientos (como son los del otorgamiento de licencias) y que no se suspendan los plazos para su resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado Tercero de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, ya que la paralización de los trámites les está ocasionando graves perjuicios.

Es por ello que se ha propuesto adoptar un serie de medidas en el ámbito urbanístico local (licencias de obras y ocupación o utilización; proyectos de urbanización; planeamiento y gestión, contrataciones de obras públicas en trámite; obras y proyectos públicos; pago a proveedores, etcétera), tendentes a dictar resoluciones y notificaciones a los interesado (aunque dejando constancia de la suspensión de los plazos).

De esta forma, en cuanto se levante la suspensión, será posible iniciar las obras o la ocupación y utilización de las edificaciones e instalaciones terminadas, o avanzar la tramitación de proyectos de planeamiento, gestión, urbanización, etcétera, de manera inmediata, lo cual ayudará a incentivar la economía con la mayor rapidez.

 

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