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40 nuevos empleados en San Roque del programa de empleo de Inclusión Social

La edil de Asuntos Sociales, María Teresa Benitez, reconoció que "aunque sabemos que es poco y no es la solución definitiva, al menos va a ayudar en estos tres meses a paliar la situación de algunas familias"

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  • Bienvenida a los trabajadores -

Autoridades municipales han saludado hoy a los 40 desempleados contratados por el Ayuntamiento en el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación (PACA) 2015, que pone en marcha la Junta de Andalucía.

El teniente de alcalde de Personal, Oscar Ledesma, estuvo acompañado por la edil de Asuntos Sociales, María Teresa Benitez, la concejal de Amdel, Belén Jiménez; y el tenientee de alcalde de Obras y Servicios, José Antonio Rojas, ya que estos departamentos están directamente implicados en este programa.

Las listas definitivas de personas admitidas, excluidas y de las 40 seleccionadas se hicieron públicas el pasado 14 de diciembre y para estos contratos de tres meses de duración se presentaron 395 solicitudes.

El PACA 2015 forma parte de las Medidas Extraordinarias y Urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, que se aprobó en 2014 y se prorrogó en marzo del pasado año. En el caso de San Roque, se ha contratado a través del Ayuntamiento a 40 personas durante un periodo de tres meses.

En su presentación, Oscar Ledesma, ha felicitado a lo trabajadores por su contratación y les ha instado a aprovechar estos tres meses para adquirir experiencia en los departamentos en los que van a trabajar.

Por su parte, la edil de Asuntos Sociales, María Teresa Benitez, reconoció que "aunque sabemos que es poco y no es la solución definitiva, al menos va a ayudar en estos tres meses a paliar la situación de algunas familias".

Las personas destinatarias del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación son aquellas que se encuentran en edad laboral y que pertenezcan a una unidad familiar que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 8 de del Decreto-Ley 8/2014.

El plazo de presentación de solicitudes fue desde el 8 al 30 de septiembre. Las personas solicitantes debían estar empadronadas en el municipio de San Roque y reunir varios requisitos, como que en el momento de la presentación de la solicitud se encontraran en situación de demandante de empleo, inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo, y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.

Igualmente, que en el momento de la presentación de la solicitud pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

- Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud, todas las personas que componen la unidad familiar (solicitante, su cónyuge o pareja de hecho y los hijos de ambos, independientemente de su edad) hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y las personas andaluzas retornadas.

- Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud sea:

Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona. (3.195,06 €).

Inferior a 1,3 veces el IPREM para familias de 2 personas. (4.153,56 €).

Inferior a 1,5 veces el IPREM para familias de 3 personas. (4.792,56 €).

Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de 4 o más personas. (5.431,62 €).

Se exige que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe Social de los Servicios Sociales Comunitarios del Ilustre Ayuntamiento de San Roque.

Entre las personas que cumplan los requisitos antes detallados, el propio Decreto Ley 8/2014, establece en su artículo 9 que tendrán prioridad para la adjudicación aquéllas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de prelación alguna de las circunstancias siguientes:

a) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros, no hayan realizado actividad laboral de empleo durante al menos seis meses del año anterior a la fecha de solicitud.

b) Que la persona solicitante o alguno de las que componen la unidad familiar sea víctima de violencia de género. En ningún caso la persona solicitante podrá ser el agresor y tendrá esta consideración la persona procesada y condenada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia contra la Mujer.

c) Que alguno de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia.

d) Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo o hija a cargo.

e) Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.

f) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente.

g) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos hijos o hijas a cargo.

h) Que la persona solicitante sea residente en Zonas con Necesidades de Transformación Social.

i) Que la persona solicitante sea mujer.

j) Que la persona solicitante sea mayor de cincuenta años.

 

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