El tiempo en: El Condado

Provincia de Granada

La Audiencia archiva la querella del alcalde contra los ediles del PSOE por denuncia falsa

El alcalde fue imputado por un posible delito de prevaricación en el marco de esta causa, que finalmente fue archivada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Granada

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai

La Audiencia Provincial de Granada ha archivado la querella que el alcalde de la capital, José Torres Hurtado (PP), presentó contra el portavoz del PSOE, Francisco Cuenca, y sus compañeros de grupo durante el pasado mandato por supuesta denuncia falsa a raíz de la querella que los socialistas presentaron en su día contra él por una operación urbanística relacionada con la urbanización del Cerrillo de Maracena.

   El alcalde fue imputado por un posible delito de prevaricación en el marco de esta causa, que finalmente fue archivada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Granada.

   En un auto fechado el 11 de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Granada ha estimado el recurso presentado por los concejales socialistas contra el auto del Juzgado de Instrucción número 4 de Granada que admitió la denuncia del alcalde, el cual ha sido ahora revocado y dejado sin efecto, "acordándose la no admisión a trámite de la querella".

   El tribunal argumenta que los hechos que denunció el PSOE sobre la operación urbanística en el Cerrillo de Maracena y que dieron origen a las diligencias previas seguidas en el Juzgado de Instrucción 1 de Granada "fueron investigados y finalmente se sobreseyeron al estimar que no eran constitutivos de infracción penal, pero los hechos sí que tuvieron lugar".

   La Audiencia Provincial enmarca las valoraciones de los ediles en el "contexto político", en el que intentaron "disfrazar" los hechos "utilizando manifestaciones subjetivas o juicios de valor" que "forman parte de la estrategia política, dirigidos a lesionar la fama de la persona", pero no por ello son constitutivos de un delito de denuncia falsa, según añade el auto,  contra el que no cabe recurso.

   El tribunal expone además en sus razonamientos jurídicos que el delito de denuncia falsa requiere, entre otras premisas, "una imputación precisa y categórica de hechos muy concretos y específicos dirigida contra una persona determinada" y el auto del Juzgado de Instrucción número 4 de Granada que han recurrido los socialistas "no imputa ninguna falsedad concreta".

   "Téngase en cuenta que en el debate político son continuos los enfrentamientos dialécticos y políticos entre los contendientes que se amparan en la obligación de fiscalización y control de los poderes públicos por parte del partido de la oposición", sostiene la Audiencia, que por todo ello estima el recurso de los socialistas contra el auto que admitió la denuncia del alcalde, el cual ha sido ahora revocado y dejado sin efecto, "acordándose la no admisión a trámite de la querella".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN