El tiempo en: El Condado
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

Los padres de menor con alta capacidad reprochan a la Junta que tardara \"hasta diez años\" en reconocerla y actuar

Los padres de esta menor han vivido una \"auténtica odisea\" para lograr que se reconociera la condición de alumna de Altas Capacidades Intelecturales a su hija

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Los padres de una menor de Huelva diagnosticada con alta capacidad intelectual han expresado su malestar con la administración educativa puesto que el reconocimiento de la superdotación de su hija les ha supuesto un proceso tanto administrativo como judicial de "hasta diez años".

   Así lo ha puesto de manifiesto en declaraciones a Europa Press el padre de la niña, Diego Rodríguez Toribio, quien ha destacado que el proceso empieza en primero de Primaria y culmina, con la resolución judicial correspondiente, cuando la misma cursa ya el cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria.

   Los padres de esta menor han vivido una "auténtica odisea" para lograr que se reconociera la condición de alumna de Altas Capacidades Intelecturales a su hija con el fin de que la menor fuera atendida en el ámbito educativo "conforme a su condición" y se la incluyera como tal en la base de datos de la Consejería de Educación, en concreto en el sistema Séneca.

   Después de iniciar el proceso administrativo, cuyo origen comienza en el propio centro escolar y que culmina con "un silencio" por parte de la administración, la familia en 2010 presenta un recurso contencioso-administrativo en sede judicial contra "la inactividad" de la Junta en cuanto al reconocimiento de la sobredotación de la menor y su adecuada atención educativa.

   Así, en junio de 2011 se formula la demanda correspondiente y los progenitores solicitan que se declare a la menor como alumna con necesidades de apoyo educativo específico por altas capacidades intelectuales, así como que la administración aplique las medidas educativas correspondientes conforme a sus necesidades; se condene a la administración al pago de las costas y al pago de una indemnización de 50.000 euros por los daños causados a los padres y a la menor, entre otras cosas.

   Según los padres de esta menor, hasta en cuatro ocasiones fue suspendida la vista de este caso debido a que a la administración "siempre le faltaba algo", como un documento o testigo. Después de todo, el juzgado declara en una sentencia la terminación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por estos padres por "satisfacción extraprocesal" debido a que la niña fue reconocida por la administración educativa como una alumna de altas capacidades y se incluyó en el programa Séneca "el día que se celebró la última vista en el juzgado".

   En la resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press, la administración argumenta que "no hay dilación en su actuación sino que ello derivó de la necesidad de respetar la normativa aplicable al procedimiento del reconocimiento de la menor".

"INEXPLICABLE"

   Por ello, el juzgado determina que la misma "no puede atribuirse a la mala fe o temeridad sino al cumplimiento de los trámites legales correspondientes, a los que la administración viene, en todo caso, sometida". Pero parece "inexplicable", según ha dicho Diego Rodríguez, que "se tarden casi diez años en atender educativamente a una menor, tal y como ha sucedido, y que esto se justifique como buena fe".

   El padre ha recordado que "desde el primer momento se contaba con tres informes que avalaban la superdotación de la niña emitidos por expertos que la Administración decidió no tener en cuenta, y han transcurrido diez años hasta que han decidido reconocer su error".

   No obstante, pese a que los padres han logrado su objetivo respecto al aspecto educativo de su hija y reconocimiento de su situación, su letrada, Belén Ros, --asesora legal de la Fundación Avanza--, ha manifestado que el caso ha sido "kafkiano" debido a si se llega a un acuerdo extraprocesal "no se dicta una sentencia sino un auto", al tiempo que considera que la administración "se va de rositas" porque ni siquiera es condenada al pago de las costas de todo este proceso.

   Tanto los padres como la letrada consideran "poco razonable" que el examen psicológico clínico de la menor "lo quisiera realizar un orientador que es filósofo y no psicólogo clínico", y que por tanto, "no tiene la cualificación profesional adecuada para realizar este tipo de pruebas", lamentando las circunstancias a las que se ha enfrentado la escolar ya que desde 2010 a 2014 la niña "se ha encontrado fuera del sistema educativo andaluz al no encontrarse incluida en el sistema Séneca", por lo que "administrativamente no existía" y por tanto, "su plaza era ofertada cada curso escolar, no podía recibir sus calificaciones en los boletines de notas oficiales, disponer de Cheque-libro o acceder a distintas ayudas", entre otros "perjuicios".

   Para Diego Rodríguez, "el problema es que se ha machacado a una niña durante diez años, obligándonos a ir a los tribunales y todo por no reconocer falta de formación en los equipos de orientación y que la administración necesita disponer de profesionales competentes y especializados en materia de Altas Capacidades Intelectuales".

VALORACIÓN DE LA JUNTA

   Por su parte, desde la Delegación Territorial de Educación han señalado que desde el Servicio de Ordenación Educativa, tras la demanda de los padres, se ponen en marcha las medidas cautelares planteadas, de manera que, la alumna se adelanta un curso y se lleva a cabo la adaptación curricular "atendiendo a sus circunstancias", por lo que, una vez tomadas esta medidas, "la situación está normalizada". Además, han indicado que, anteriormente al proceso y estas medidas, Educación tomó las iniciativas psicopedagógicas "necesarias", que "aseguraban la correcta atención" de la alumna en su proceso escolar.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN