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Sevilla

Una sentencia reprocha a una ONG que defendiese a un \"violento traficante\"

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un policía nacional, que fue acusado de lesionar a dos miembros de una ONG mientras detenía a un traficante de droga, en una sentencia en la que reprocha a esa asociación haber \"increpado y recriminado\" a los agentes cuando intentaban detener a un \"violento d

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La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un policía nacional, que fue acusado de lesionar a dos miembros de una ONG mientras detenía a un traficante de droga, en una sentencia en la que reprocha a esa asociación haber "increpado y recriminado" a los agentes cuando intentaban detener a un "violento delincuente".

La Sección Primera de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, absuelve al policía José Luis R.M., para quien el Grupo 17 de Marzo de defensa de los derechos humanos pidió dos años de cárcel y multa de 1.200 euros por delitos de lesiones.

Los hechos ocurrieron a las 11.30 horas del 26 de mayo del 2012 en la zona conocida como "Las Vegas", que según la sentencia es "sumamente conflictiva y problemática", cuando policías vestidos de paisano procedían a detener a un traficante de droga.

Entonces un numeroso grupo de vecinos se concentraron y rodearon a los funcionarios, a los que arrojaban "indiscriminadamente piedras y botellas", por lo que los agentes se vieron obligados a pedir refuerzos.

Relata la sentencia que en ese momento pasaban por el lugar los voluntarios de una ONG denominada "Grupo Boom", que también empezaron a increpar a los policías y a pedirles explicaciones sobre su actuación.

Según los jueces, "dado lo extremo de la situación y el riesgo evidente de que el incidente fuera a mayores", los agentes sacaron sus defensas "en una situación caótica y violenta", en la cual Iván S.L. y Manuel B. resultaron lesionados, sin que se haya demostrado que fuera por agresión del policía juzgado.

La sentencia sostiene que el comportamiento de los miembros de la ONG "deja mucho que desear" al intentar interferir el trabajo policial y acometer "con violencia" a los agentes cuando intentaban detener a un delincuente "sorprendido en flagrante delito".

Por ello, "de algún modo se ponen al lado del numeroso grupo de personas enardecidas que se enfrentan a la Policía" en número "no inferior a treinta ni superior a cincuenta" y que, no contentas con gritar e insultar, les arrojaron piedras y botellas.

Cuando los voluntarios se inmiscuyeron "en lo que para nada les atañe contra los agentes de la autoridad y a favor del delincuente, la credibilidad de todo lo que después puedan añadir se tambalea", según los jueces.

Según la Audiencia, la versión del incidente que dieron los policías fue "sincera, veraz, creíble y absolutamente verosímil", mientras que los testigos a favor de los agredidos "simplemente, no dicen la verdad".

La Audiencia dedica un párrafo de su sentencia a recordar que la actitud vecinal de impedir el trabajo policial "es escena común y casi cotidiana en esa zona", donde "también es pública y notoria la problemática que se plantea con los transportes públicos, las ambulancias o la distribución de correo a la hora de adentrarse en esa y otras zonas de Sevilla".

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