El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes los límites de las retribuciones de los miembros de las Corporaciones Locales, que fija en 100.000 euros al año el sueldo máximo que podrá cobrar un alcalde y que equivale a lo que perciben los secretarios de Estado de la Administración General del Estado.
Así consta en la disposición del Real Decreto Ley de medidas de reforma en materia de infraestructuras y de transportes y otras medidas económicas que ha aprobado este viernes el Consejo de Ministros, por la que se introducen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) los límites de las retribuciones de los miembros de las Corporaciones Locales.
La recién aprobada ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, más conocida como reforma local, establecía que debían ser los Presupuestos Generales del Estado los que determinaran anualmente el máximo total que pueden percibir los miembros de las corporaciones locales.
En el texto de la normal ya se introducía una tabla en la que se fijaba que el criterio que se debía tener en cuenta como referencia a la hora determinar estas retribuciones era el sueldo que perciben los secretarios de Estado de la Administración General del Estado.
Así, los alcaldes de poblaciones de más de 500.000 habitantes percibirán un máximo de 100.000 euros; los de municipios de entre 300.001 y 500.000, 90.000 euros; percibirán 80.000 euros los regidores de poblaciones de entre 150.001 y 300.000; 75.000 euros los que dirijan municipios de entre 75.001 y 150.000; 65.000 euros los de entre 50.001 y 75.000 habitantes; 55.000 los de entre 20.001 y 50.000 personas; 50.000 euros los regidores de municipios de entre 10.001 y 20.000 habitantes; 45.000 euros los de entre 5.001 y 10.000; y 40.000 euros los alcaldes de municipios de entre 1.000 y 5.000 personas.
Asimismo, la ley fijaba que los miembros de las corpoaraciones locales con menos de 1.000 habitantes no tendrían dedicación exclusiva. No obstante, si se reconocía la posibilidad de fijar una escala de retribuciones en función del grado de dedicación parcial que desempeñaran. Así, para los que tienen una dedicación del 75% se fija un sueldo de 30.000 euros, de 22.000 euros para los que tienen una dedicación del 50%, y de 15.000 euros para los que tienen una dedicación del 25%.