El tiempo en: El Condado

Jerez

El Ayuntamiento se pone firme con la hostelería y el ocio nocturno

Fija un periodo de seis meses para inspeccionar todos los establecimientos del término municipal y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Veladores en el centro de Jerez. -
  • Las actuaciones podrían implicar incluso el desalojo de establecimientos
  • Se incidirá en negocios previamente denunciados y en aquellos que generen molestias a vecinos

El Ayuntamiento de Jerez ha puesto en marcha un Plan Especial de Inspección de Establecimientos Públicos de Hostelería, Ocio y Esparcimiento que afecta a todo el término municipal y que tiene un periodo de vigencia de seis meses. Van a ser objeto de inspección por parte del personal de Urbanismo y de la Policía Local todo tipo de negocios, desde bares con y sin música hasta salas de fiesta, discotecas y salones de celebraciones.

El plan –de cuyo desarrollo ya avanzaron miembros del Gobierno local a vecinos del centro de la ciudad- parte de la base de que “resulta conveniente mantener de forma permanente y sistemática, actuaciones de inspección, control administrativo y de vigilancia que proporcionen a la Administración el conocimiento de la situación de legalidad” de todos estos establecimientos, tratando de fomentar “actitudes responsables” que repercutan “en el correcto funcionamiento y mantenimiento” de los locales.

Una vez finalizado el periodo de vigencia del plan se realizará una memoria de las actuaciones de inspección y comprobación llevadas a cabo con un resumen, estadísticas y conclusiones que permitan evaluar el grado de cumplimiento de estas actividades económicas.

El programa de inspección de los establecimientos públicos se realizará mediante la comprobación de la idoneidad documental de las autorizaciones administrativas, de la vigencia y adecuación a la normativa del contrato de seguro obligatorio, de los certificados de la revisión reglamentaria de las instalaciones y demás documentación técnica preceptiva, así como mediante la inspección directa de los establecimientos o instalaciones realización de las pruebas técnicas que se consideren necesarias para verificar la situación de los mismos.

Se tendrán en cuenta las vías y elementos de evacuación; instalaciones de protección contra incendios; instalaciones eléctricas, de climatización, gas, agua caliente sanitaria y aparatos a presión; las condiciones higiénico sanitarias; la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas; los planes de emergencia; el nivel de ruidos y vibraciones; y las condiciones de confortabilidad.

Las actuaciones serán convenientemente registradas y valoradas para su seguimiento, informe o sanción, según proceda. Cuando de la inspección resulte la constatación de incumplimientos de la legalidad y en función de la entidad de las deficiencias que se hayan detectado podrán adoptarse las medidas administrativas no sancionadoras de restablecimiento o aseguramiento de la legalidad, tales como orden de suspensión de actividad con clausura del establecimiento y consecuente desalojo cuando no ocasione mayores peligros que los que tratan de evitarse, orden de prohibición de actividad o, en su caso, órdenes para corregir deficiencias.

En paralelo se desarrollarán actuaciones periódicas para la verificación del funcionamiento de estos negocios, especialmente coincidentes con el horario nocturno. Entre otras cosas se velará por el cumplimiento de los aforos autorizados, así como de los horarios de apertura y cierre. También por el cumplimiento de las limitaciones de acceso y permanencia; de la existencia de impresos oficiales de quejas y reclamaciones; de equipos de protección contra incendios; prohibiciones de acceso a menores; consumo de alcohol y tabaco; mantenimiento adecuado de las condiciones higiénicas y sanitarias; y existencia de puertas, salidas y recorridos de evacuación convenientemente despejados.

El trabajo de verificación del cumplimiento de la normativa comenzará por aquellos establecimientos que ya hayan sido objeto de denuncia por los servicios municipales o por agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones de vigilancia; y tendrá continuidad por los establecimientos que hayan sido objeto de denuncia por terceros.

A continuación se actuará en los establecimientos que perturben la pacífica convivencia ciudadana, la tranquilidad de los vecinos y los intereses públicos, especialmente la seguridad y salubridad, de lo que se tiene constancia por controles anteriores efectuados o por anteriores denuncias recibidas. Urbanismo y Policía Local intervendrán justo después en aquellas zonas en las que se aglutinen numerosos establecimientos cuyas actividades, tanto en el interior como en el viario, puedan causar molestias a los vecinos y viandantes.

Estos trabajos de inspección de los establecimientos públicos de hostelería, ocio y esparcimiento finalizarán a lo largo de la primera quincena del próximo mes de mayo.

 

 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN