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Sevilla

Un año y medio de cárcel por arrojar a casa de la vecina droga ante un registro policial

La Audiencia de Sevilla ha condenado a un año y medio de cárcel a un vecino de Aznalcóllar que tiró al patio de la vecina cocaína para eludir un registro

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  • Papelinas de cocaína. -

La Audiencia de Sevilla ha condenado a un año y medio de cárcel a un varón vecino de Aznalcóllar que, ante un registro policial de su vivienda, arrojó al patio de su vecina una riñonera con 14,67 gramos de cocaína para intentar eludir la acción de los agentes.

En una sentencia recogida por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declara probado, de conformidad entre las partes, que sobre las 9,00 horas del 24 de septiembre de 2020, dos agentes de la Guardia Civil acometieron un registro en un domicilio de Aznalcóllar por autorización del Juzgado de Instrucción número tres de Sanlúcar la Mayor.

Ante la llegada de los agentes para acometer dicho registro, según el relato de hechos probados, el habitante del mismo y encausado en este procedimiento, de 51 años a la fecha de los hechos, "lanzó al patio de su vecina colindante una riñonera de color negro, conteniendo en su interior un envoltorio de color naranja en cuyo interior había 14,67 gramos de cocaína, con un índice de pureza del 48,8 por ciento, sustancia que el acusado tenía en su poder con finalidad de su distribución a terceros".

"Asimismo, se encontró en la citada riñonera una balanza de precisión, bolsas individuales para la realización de subdivisiones y dos botes de limpiador de lentes", detalla el relato de hechos probados.

Los agentes, no obstante, intervinieron los materiales de los que se deshizo el encartado, determinando el posterior peritaje que la droga decomisada habría alcanzado un valor de unos mil euros en el mercado ilícito.

También se declara probado que en el momento de los hechos, el encartado "era consumidor de sustancias estupefacientes que limitaban levemente sus facultades volitivas e intelectivas".

Así, y de conformidad entre las partes, el encartado, que ha reconocido los hechos, resulta condenado a un año y medio de cárcel por un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancia que causan grave daño a la salud, con la circunstancia atenuante analógica de drogadicción; siéndole además impuesta una multa de 2.000 euros.

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